Orden EFP/1010/2021, de 20 de septiembre, por la que se establece el procedimiento permanente para la evaluación y acreditación de competencias profesionales, adquiridas por la experiencia laboral o vías no formales de formación, en las Ciudades de Ceuta y Melilla, y se formalizan las bases para su desarrollo.
BOE-A-2021-15677 · Boletín Oficial del Estado, 2021-09-28 · Ministerio de Educación y Formación Profesional
Orden EFP/1010/2021 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Datos clave
- Rango
- Orden EFP/1010/2021
- Fecha de la disposición
- 2021-09-20
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 232, 2021-09-28
- Entrada en vigor
- 2021-09-29
- Departamento
- Ministerio de Educación y Formación Profesional
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 21
- Identificador BOE
- BOE-A-2021-15677
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional establece en el artículo 3 que uno de los fines del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional es evaluar y acreditar oficialmente la cualificación profesional, cualquiera que hubiera sido la forma de su adquisición. Así mismo en el artículo 8 se determina que el Gobierno, previa consulta al Consejo General de la Formación Profesional, fijará los requisitos y procedimientos para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Órganos responsables.
- Artículo 3. Requisitos de participación.
- Artículo 4. Solicitud de inscripción en el procedimiento y lugar de presentación.
- Artículo 5. Documentación que acompaña a la solicitud.
- Artículo 6. Proceso de Inscripción.
- Artículo 7. Información y Orientación sobre el procedimiento.
- Artículo 8. Fases y duración del procedimiento.
- Artículo 9. Lugares de realización de las fases del procedimiento.
- Artículo 10. Fase de Asesoramiento.
- Artículo 11. Fase de Evaluación de la competencia profesional.
- Artículo 12. Personas asesoras y evaluadoras.
- Artículo 13. Fase de acreditación y registro de la competencia profesional.
- Artículo 14. Efectos de las unidades de competencia acreditadas.
- Artículo 15. Retirada de documentación.
- Artículo 16. Plan de formación.
- Artículo 17. Financiación.
- Artículo 18. Permisos individuales de formación.
- Artículo 19. Protección de datos.
- Disposición final primera. Habilitación para el desarrollo.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (2)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Orden EFP/1010/2021?
- Orden EFP/1010/2021 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Orden EFP/1010/2021?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.