Orden ECM/1155/2025, de 14 de octubre, por la que se regula el préstamo de determinados valores e instrumentos financieros de las instituciones de inversión colectiva.
BOE-A-2025-20793 · Boletín Oficial del Estado, 2025-10-17 · Ministerio de Economía, Comercio y Empresa
Orden ECM/1155/2025 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Datos clave
- Rango
- Orden ECM/1155/2025
- Fecha de la disposición
- 2025-10-14
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 250, 2025-10-17
- Entrada en vigor
- 2025-10-18
- Departamento
- Ministerio de Economía, Comercio y Empresa
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 23
- Identificador BOE
- BOE-A-2025-20793
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El artículo 30.6 de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva establece que los valores y otros activos que integren la cartera de las instituciones de inversión colectiva (IIC) de carácter financiero podrán ser objeto de operaciones de préstamo de valores con los límites y garantías que establezca el Ministro de Economía, Comercio y Empresa.
El préstamo de valores es una técnica de gestión eficiente de cartera que consiste en la transmisión temporal de determinados instrumentos financieros por parte de un prestamista a un tomador o prestatario, a cambio de otros activos depositados como garantía y del pago de las comisiones que pudiesen acordarse.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Principios aplicables a las operaciones de préstamo de valores.
- Artículo 3. Prestamistas.
- Artículo 4. Prestatarios.
- Artículo 5. Valores susceptibles de préstamo.
- Artículo 6. Límites.
- Artículo 7. Forma del préstamo de valores.
- Artículo 8. Ejercicio de los derechos inherentes a los valores.
- Artículo 9. Agentes especializados.
- Artículo 10. Cancelación de las operaciones.
- Artículo 11. Obligatoriedad.
- Artículo 12. Cobertura de las operaciones.
- Artículo 13. Entrega de la garantía.
- Artículo 14. Liquidez de las garantías.
- Artículo 15. Activos admisibles.
- Artículo 16. Reinversión del efectivo.
- Artículo 17. Obligaciones de información.
- Artículo 18. Obligaciones de control interno.
- Artículo 19. Obligaciones de los depositarios.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Títulos competenciales.
- Disposición final segunda. Habilitación a la Comisión Nacional del Mercado de Valores.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (2)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Orden ECM/1155/2025?
- Orden ECM/1155/2025 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Orden ECM/1155/2025?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.