Artículo 6. Límites.
Artículo 6 de la Orden ECM/1155/2025, de 14 de octubre, por la que se regula el préstamo de determinados valores e instrumentos financieros de las instituciones de inversión colectiva. · BOE-A-2025-20793
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-10-18.
Texto consolidado
El volumen de los valores prestados no podrá comprometer la capacidad de la institución de inversión colectiva de atender las solicitudes de reembolso.