Orden DEF/1252/2021, de 11 de noviembre, por la que se determinan los supuestos y se establece el procedimiento para resarcir económicamente al Estado en caso de renuncia a la condición de militar, pase a determinadas situaciones administrativas o baja en las enseñanzas de formación, perfeccionamiento o Altos Estudios de la Defensa Nacional.
BOE-A-2021-18810 · Boletín Oficial del Estado, 2021-11-17 · Ministerio de Defensa
Orden DEF/1252/2021 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Datos clave
- Rango
- Orden DEF/1252/2021
- Fecha de la disposición
- 2021-11-11
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 275, 2021-11-17
- Entrada en vigor
- 2021-11-18
- Departamento
- Ministerio de Defensa
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 16
- Identificador BOE
- BOE-A-2021-18810
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La enseñanza militar está dirigida a alcanzar la excelencia formativa de los profesionales militares, garantizando unas Fuerzas Armadas instruidas y preparadas para el cumplimiento de las misiones asignadas.
Sin embargo, cuando los militares de carrera y los alumnos de los centros docentes militares cesan en su relación de servicios con las Fuerzas Armadas de modo voluntario y anticipado, en un plazo inferior al previsto para ellos en el planeamiento de la Defensa Nacional, habiendo sido beneficiarios de una formación integral y que es en gran medida homologable con los títulos del sistema educativo general, se produce un perjuicio para la institución debido a la pérdida de un valioso potencial humano.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Cómputo de tiempos de servicio a efectos de resarcimiento.
- Artículo 3. Renuncia a la condición de militar de carrera.
- Artículo 4. Pase a la situación de excedencia por prestación de servicios en el sector público.
- Artículo 5. Pase a la situación de excedencia voluntaria por interés particular.
- Artículo 6. Pase a la situación de servicio en la Administración civil.
- Artículo 7. Baja en la enseñanza de formación.
- Artículo 8. Baja en la enseñanza de perfeccionamiento y Altos Estudios de la Defensa Nacional.
- Artículo 9. Exenciones.
- Artículo 10. Orden de incoación del expediente de resarcimiento.
- Artículo 11. Instructor.
- Artículo 12. Valoración de la cantidad a resarcir.
- Artículo 13. Terminación del expediente de resarcimiento.
- Disposición adicional única. Facultad de desarrollo.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final única. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar. |
| Deroga | la Orden 91/2001, de 3 de mayo |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Orden DEF/1252/2021?
- Orden DEF/1252/2021 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Orden DEF/1252/2021?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.