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Orden Vigente

Disposición adicional única. Facultad de desarrollo.

Disposición adicional única de la Orden DEF/1252/2021, de 11 de noviembre, por la que se determinan los supuestos y se establece el procedimiento para resarcir económicamente al Estado en caso de renuncia a la condición de militar, pase a determinadas situaciones administrativas o baja en las enseñanzas de formación, perfeccionamiento o Altos Estudios de la Defensa Nacional. · BOE-A-2021-18810

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-11-18.

Texto consolidado

Se faculta a la persona titular de la Subsecretaría de Defensa, al Jefe del Estado Mayor de la Defensa, y a los Jefes de Estado Mayor del Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire a dictar en el ámbito de sus competencias cuantas disposiciones sean necesarias para la aplicación de esta orden ministerial.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-11-18.

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