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Orden de 16 de abril de 1980 por la que se regulan las relaciones de la Dirección General de Tráfico con la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil.

BOE-A-1980-9632 · Boletín Oficial del Estado, 1980-05-10 · Ministerio del Interior

BOE-A-1980-9632 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-16.

Resumen

Esta norma regula las relaciones entre la Dirección General de Tráfico y la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, estableciendo un marco para su colaboración y funcionamiento. Aplica a la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil desde su entrada en vigor el 16 de abril de 1980.

Entre los puntos clave, la norma establece que la Dirección General de Tráfico tiene la responsabilidad de habilitar y gestionar los fondos para el pago de retribuciones del personal de la Agrupación, así como los gastos necesarios para su funcionamiento. Además, se especifica que la Dirección General de Tráfico dictará instrucciones para el cumplimiento de los servicios de la Agrupación, y que los jefes provinciales de Tráfico podrán comunicarse directamente con los jefes de subsector para coordinar la vigilancia y regulación del tráfico. También se establece que la Agrupación solo podrá ser asignada a otras misiones en casos de grave necesidad, asegurando que su función principal en la seguridad vial no se vea comprometida. Esta orden deroga la anterior de 11 de abril de 1973 y otras disposiciones que se opongan a ella.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Orden
Fecha de la disposición
1980-04-16
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 113, 1980-05-10
Entrada en vigor
1980-05-10
Departamento
Ministerio del Interior
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2025-12-16
Artículos
12
Identificador BOE
BOE-A-1980-9632
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

Excelentísimo e ilustrísimo señores:

La Ley 47/1959, de 30 de julio, atribuyó a este Ministerio la vigilancia y disciplina del tráfico, circulación y transporte por carretera y demás vías públicas, encomendándole a la Guardia Civil las funciones de vigilancia, al propio tiempo que creaba, como órgano de dirección inmediata, ordenación y coordinación, la Jefatura Central de Tráfico.

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas que la modifican o afectan (3)

Normas a las que afecta (5)

Normativa relacionada por sector

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor BOE-A-1980-9632?
BOE-A-1980-9632 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-16.
¿Qué normas modifican o afectan a BOE-A-1980-9632?
El BOE registra 3 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de BOE-A-1980-9632?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.