El Vínculo El Vínculo.
Orden Vigente

Art. 8.º

Art 8 de la Orden de 16 de abril de 1980 por la que se regulan las relaciones de la Dirección General de Tráfico con la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil. · BOE-A-1980-9632

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1980-05-10.

Texto consolidado

La Dirección General de la Guardia Civil y la Dirección General de Tráfico deberán estudiar conjuntamente las necesidades del personal de la Agrupación de Tráfico para conseguir la mayor eficacia en la prestación de los servicios de vigilancia y auxilio, y elevarán, por conducto de este Ministerio, las propuestas de modificación de plantilla que las variaciones del parque de vehículos, el incremento del volumen del tráfico y otras circunstancias exijan.

Asimismo, ambas Direcciones podrán estudiar conjuntamente la idoneidad de ubicación de los Destacamentos y su radio de acción.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1980-05-10.

Más artículos de BOE-A-1980-9632

En El Vínculo puedes leer BOE-A-1980-9632 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.