Ley 8/2020, de 16 de diciembre, por la que se adoptan determinadas medidas urgentes en materia de agricultura y alimentación.
BOE-A-2020-16346 · Boletín Oficial del Estado, 2020-12-17 · Jefatura del Estado
Ley 8/2020 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Resumen
La Ley 8/2020, de 16 de diciembre, establece medidas urgentes para abordar la crisis en el sector de la agricultura y la alimentación en España. Esta norma es aplicable a todos los operadores de la cadena alimentaria y entró en vigor el 17 de diciembre de 2020.
Entre los puntos clave, la ley obliga a que los precios que los productores reciben de sus compradores cubran al menos el coste de producción, buscando así un equilibrio en la cadena de suministro. También se establece que las actividades promocionales deben ser justas y no inducir a error sobre los productos. Además, se modifican aspectos fiscales para facilitar la incorporación de jóvenes agricultores, permitiendo que las ayudas se imputen en varios ejercicios fiscales, lo que reduce la carga tributaria inmediata. Por último, se introduce una regulación que permite a los trabajadores eventuales agrarios en Andalucía y Extremadura acceder a subsidios por desempleo con un mínimo de 20 jornadas cotizadas, en un contexto de descenso de actividad.
Esta ley no ha sido derogada y se mantiene vigente, buscando mejorar la sostenibilidad y rentabilidad del sector agrícola.
Datos clave
- Rango
- Ley 8/2020
- Fecha de la disposición
- 2020-12-16
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 328, 2020-12-17
- Entrada en vigor
- 2020-12-18
- Departamento
- Jefatura del Estado
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 10
- Identificador BOE
- BOE-A-2020-16346
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
FELIPE VI
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Índice del articulado
- Artículo primero. Modificación de la Ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria.
- Artículo segundo. Modificación de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos…
- Artículo tercero. Reducción del número mínimo de jornadas reales cotizadas para acceder al subsidio por desempleo o a la renta agraria a favor de los trabajadores eventuales agr…
- Artículo cuarto. Conversión de contratos eventuales de trabajadores agrarios en contratos indefinidos o contratos fijos-discontinuos.
- Artículo quinto. Modificación de la Ley 23/2015, de 21 de julio, Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
- Disposición adicional única. Informe del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
- Disposición transitoria única. Contratos preexistentes.
- Disposición derogatoria única.
- Disposición final primera. Títulos competenciales.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor y efectos.
Normas que la modifican o afectan (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Corrección de errores | en BOE núm. 29, de 3 de febrero de 2021 |
Normas a las que afecta (6)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 8/2020?
- Ley 8/2020 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 8/2020?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 8/2020?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.