Disposición adicional única. Informe del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Disposición adicional única de la Ley 8/2020, de 16 de diciembre, por la que se adoptan determinadas medidas urgentes en materia de agricultura y alimentación. · BOE-A-2020-16346
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-12-18.
Texto consolidado
Al año de su entrada en vigor, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación presentará un informe a la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos en el que se analizarán los resultados de la aplicación de las medidas recogidas en el Real Decreto-ley 5/2020, de 25 de febrero, por el que se adoptan determinadas medidas urgentes en materia de agricultura y alimentación. En particular, este informe detallará el impacto de dichas medidas sobre el sector agroalimentario español y sobre los consumidores atendiendo a la evolución que se haya producido del sistema de fijación de precios y de los precios finales de los productos agroalimentarios.
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