Ley 7/2005, de 23 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas.
BOE-A-2006-3668 · Boletín Oficial del Estado, 2006-03-02 · Comunidad de Madrid
Ley 7/2005 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Resumen
La Ley 7/2005, de 23 de diciembre, regula diversas medidas fiscales y administrativas en la Comunidad de Madrid, en línea con los objetivos de los Presupuestos Generales de 2006. Esta norma se aplica a los ciudadanos y entidades que operan en la Comunidad de Madrid desde su entrada en vigor el 1 de enero de 2006.
Entre los puntos clave, establece deducciones en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas por nacimiento, adopción y acogimiento de menores, así como deducciones por arrendamiento de vivienda para jóvenes. En el ámbito del Impuesto sobre el Patrimonio, se mantiene un mínimo exento de 112.000 euros, y se introducen reducciones en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, especialmente para grupos familiares cercanos. También se modifican tipos impositivos en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, y se ajustan tarifas en la tasa fiscal sobre juegos de azar. Además, se introducen cambios en la regulación de la Hacienda de la Comunidad de Madrid y en la gestión de recursos humanos, buscando una mayor eficiencia administrativa.
La ley fue derogada por la disposición derogatoria única de la Ley 4/2006, de 22 de diciembre.
Datos clave
- Rango
- Ley 7/2005
- Fecha de la disposición
- 2005-12-23
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 52, 2006-03-02
- Entrada en vigor
- 2006-01-01
- Departamento
- Comunidad de Madrid
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 29
- Identificador BOE
- BOE-A-2006-3668
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
LA PRESIDENTA DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Hago saber que la Asamblea de Madrid ha aprobado la presente Ley, que yo, en nombre del Rey, promulgo.
PREÁMBULO
Índice del articulado
- Arts. 1 a 5.
- Artículo 1. Deducciones sobre la cuota íntegra autonómica del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
- Artículo 2. Impuesto sobre el Patrimonio.
- Artículo 3. Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
- Artículo 4. Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
- Artículo 5. Tasa fiscal sobre los juegos de suerte, envite y azar.
- Artículo 6. Modificación parcial de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid.
- Artículo 7. Modificación parcial de la Ley 3/2001, de 21 de junio, de Patrimonio de la Comunidad de Madrid.
- Artículo 8. Modificación parcial de la Ley 3/1999, de 30 de marzo, de Ordenación de los Servicios Jurídicos de la Comunidad de Madrid.
- Artículo 9. Modificaciones del régimen aplicable al personal estatutario fijo.
- Artículo 10. Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid.
- Artículo 11. Modificación parcial de la Ley 22/1999, de 21 de diciembre, de Creación del Ente de Derecho Público MINTRA (Madrid, Infraestructuras del Transporte).
- Artículo 12. Cambio de denominación del Instituto Superior de Estudios de Seguridad de la Comunidad de Madrid.
- Artículo 13. Modificación parcial de la Ley 6/1991, de 4 de abril, de Creación del Consejo Económico y Social.
- Artículo 14. Modificación parcial de la Ley 6/2004, de 28 de diciembre, de Creación del Tribunal de Defensa de la Competencia.
- Artículo 15. Modificación parcial de la Ley 11/1999, de 29 de abril, de la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid.
- Artículo 16. Modificación parcial de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.
- Artículo 17. Modificación parcial de la Ley 9/2003, de 26 de marzo, del Régimen Sancionador en Materia de Viviendas Protegidas de la Comunidad de Madrid.
- Artículo 18. Modificación parcial de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.
- Artículo 19. Modificación parcial de la Ley 3/2000, de 8 de mayo, de Medidas Urgentes, Fiscales y Administrativas sobre los Juegos de Suerte, Envite y Azar y Apuestas en la Comu…
- Disposición adicional primera. Agencia de Informática y Comunicaciones de la Comunidad de Madrid.
- Disposición adicional segunda. Habilitación presupuestaria.
- Disposición transitoria primera. Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
- Disposición transitoria segunda. Tasa fiscal sobre los juegos de suerte, envite y azar, en el supuesto de nuevas autorizaciones de casinos de juego.
- Disposición transitoria tercera. Órganos de gobierno del Organismo Autónomo Informática y Comunicaciones de la Comunidad de Madrid.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Texto refundido.
- Disposición final segunda. Desarrollo reglamentario.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (9)
Normas a las que afecta (16)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 7/2005?
- Ley 7/2005 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 7/2005?
- El BOE registra 9 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 7/2005?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.