Ley 6/1982, de 29 de marzo, de pensiones a los mutilados civiles de guerra.
BOE-A-1982-8394 · Boletín Oficial del Estado, 1982-04-03 · Jefatura del Estado
Ley 6/1982 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-16.
Resumen
La Ley 6/1982, de 29 de marzo, regula las pensiones a los mutilados civiles de guerra en España. Esta norma se aplica a los mutilados civiles que se encuentren bajo el régimen del Decreto 670/1976 desde su entrada en vigor el 1 de enero de 1982.
Los puntos clave de esta ley incluyen el derecho a una retribución básica anual, que varía según el grado de incapacidad del beneficiario, con porcentajes que oscilan entre el 40% y el 80% de una cantidad base, además de dos pagas extraordinarias al año. También establece que los beneficiarios pueden integrarse en el régimen general de la Seguridad Social para recibir asistencia médico-farmacéutica y protésica, aunque esta integración no se aplicará a quienes ya tengan acceso a estos derechos. Por otro lado, la retribución básica es transmisible a viudas y huérfanos menores de edad o incapacitados, asegurando así un apoyo económico a las familias de los mutilados civiles fallecidos.
La ley no está derogada y sigue vigente, proporcionando un marco legal para la protección y apoyo a los mutilados civiles de guerra y sus familias.
Datos clave
- Rango
- Ley 6/1982
- Fecha de la disposición
- 1982-03-29
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 80, 1982-04-03
- Entrada en vigor
- 1982-04-23
- Departamento
- Jefatura del Estado
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-16
- Artículos
- 7
- Identificador BOE
- BOE-A-1982-8394
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
DON JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren,
Índice del articulado
Normas que la modifican o afectan (6)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se dicta en relación | Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo. |
| Se dicta de conformidad | , fijando la cuantía de los Haberes Activos y Pasivos de los funcionarios: Real Decreto-ley 3/1983, de 20 de abril |
| Se dicta de conformidad | , aprobando normas Reglamentarias de procedimiento para su Ejecución: Real Decreto 1071/1983, de 16 de marzo |
| Se dicta de conformidad | Ley 37/1988, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1989. |
| Se dicta de conformidad | , aplicando Pensiones: Real Decreto 198/1989, de 27 de febrero |
| Se dicta de conformidad | , Revalorizando Pensiones para 1990: Real Decreto 1288/1990, de 25 de octubre |
Normas a las que afecta (4)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 6/1982?
- Ley 6/1982 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-16.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 6/1982?
- El BOE registra 6 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 6/1982?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.