Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de régimen económico y de prestación de servicios de los puertos de interés general.
BOE-A-2003-21615 · Boletín Oficial del Estado, 2003-11-27 · Jefatura del Estado
Ley 48/2003 está derogada desde el 2011-10-21: ya no está en vigor.
Datos clave
- Rango
- Ley 48/2003
- Fecha de la disposición
- 2003-11-26
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 284, 2003-11-27
- Entrada en vigor
- 2004-02-27
- Departamento
- Jefatura del Estado
- Estado
- Derogada
- Fecha de derogación
- 2011-10-21
- Consolidado actualizado
- 2026-03-25
- Artículos
- 202
- Identificador BOE
- BOE-A-2003-21615
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Índice del articulado
- Artículo 1. Autofinanciación del sistema portuario.
- Artículo 2. Recursos económicos de las Autoridades Portuarias.
- Artículo 3. Recursos económicos de Puertos del Estado.
- Artículo 4. Fondo de Compensación Interportuario.
- Artículo 5. Tasas portuarias.
- Artículo 6. Régimen jurídico.
- Artículo 7. Reglas generales.
- Artículo 8. Exenciones.
- Artículo 9. Gestión, revisión y garantías de cobro de las tasas.
- Artículo 10. Tasa de ocupación.
- Artículo 11. Tasa de actividad.
- Artículo 12. Ámbito de aplicación.
- Artículo 13. Tasa del buque (T-1).
- Artículo 14. Tasa del pasaje (T-2).
- Artículo 15. Tasa de la mercancía (T-3).
- Artículo 16. Tasa de la pesca fresca (T-4).
- Artículo 17. Tasa de las embarcaciones deportivas y de recreo (T-5).
- Artículo 18. Tasa por utilización especial de la zona de tránsito (T-6).
- Artículo 19. Bonificaciones de las tasas de actividad y utilización.
- Artículo 20. Tasa de ayudas a la navegación.
- Artículo 21. Tarifas por servicios comerciales prestados por las Autoridades Portuarias.
- Artículo 22. Exigibilidad de las tarifas.
- Artículo 23. Prescripción.
- Artículo 24. Suspensión del servicio.
- Artículo 25. Reclamación previa a la vía judicial civil.
- Artículo 26. Coeficientes correctores.
- Artículo 27. Bonificaciones.
- Artículo 28. Tasa por aprovechamiento especial del dominio público en el ejercicio de actividades comerciales, industriales y de servicios.
- Artículo 29. Tasa por servicios generales.
- Artículo 30. Tasa por servicio de señalización marítima.
- Artículo 31. Tarifas por servicios comerciales prestados por las Autoridades Portuarias.
- Artículo 32. Exigibilidad de las tarifas.
- Artículo 33. Prescripción.
- Artículo 34. Suspensión del servicio.
- Artículo 35. Reclamación previa a la vía judicial civil.
- Artículo 36. Instrumentos de planificación.
- Artículo 37. Plan Estratégico de la Autoridad Portuaria.
- Artículo 38. Plan Director de Infraestructuras del Puerto.
- Artículo 39. Plan de Empresa de la Autoridad Portuaria.
- Artículo 40. Régimen jurídico.
- Artículo 41. Presupuestos y programas consolidados.
- Artículo 42. Presupuestos y programas individuales.
- Artículo 43. Régimen contable.
- Artículo 44. Régimen de fiscalización y control.
- Artículo 45. Régimen tributario.
- Artículo 46. Patrimonio propio de los organismos portuarios.
- Artículo 47. Adscripción y afectación de bienes a los organismos públicos portuarios.
- Artículo 48. Desafectación de bienes de dominio público adscritos a las Autoridades Portuarias.
- Artículo 49. Desafectación de bienes de dominio público adscritos a Puertos del Estado.
- Artículo 50. Participación en sociedades y otras entidades.
- Artículo 51. Régimen de personal.
- Artículo 52. Retribuciones del personal.
- Artículo 53. Estructura de personal.
- Artículo 54. Selección de personal.
- Artículo 55. Funciones de los organismos públicos portuarios.
- Artículo 56. Servicios prestados en los puertos de interés general.
- Artículo 57. Concepto de servicios generales.
- Artículo 58. Concepto y clases de servicios generales
- Artículo 59. Concepto y clases de servicios portuarios.
- Artículo 60. Régimen de prestación de los servicios portuarios.
- Artículo 61. Régimen de utilización de los servicios portuarios.
- Artículo 62. Pliegos de Prescripciones Particulares de los servicios portuarios.
- Artículo 63. Plazo máximo de la licencia de prestación del servicio portuario.
- Artículo 64. Procedimiento de otorgamiento de la licencia de prestación del servicio portuario.
- Artículo 65. Licencias de servicios portuarios en estaciones marítimas de pasajeros y terminales de mercancías dedicadas a uso particular.
- Artículo 66. Contenido de la licencia de prestación del servicio portuario.
- Artículo 67. Transmisión de la licencia de prestación del servicio portuario.
- Artículo 68. Extinción de la licencia de prestación del servicio portuario.
- Artículo 69. Registros de Empresas Prestadoras de Servicios Portuarios.
- Artículo 70. Régimen de incompatibilidades.
- Artículo 71. Separación contable.
- Artículo 72. Observatorio permanente del mercado de los servicios portuarios.
- Artículo 73. Comité de servicios portuarios.
- Artículo 74. Supervisión y promoción de la competencia en la prestación de los servicios portuarios:
- Artículo 75. Definición y características del servicio de practicaje.
- Artículo 76. Definición y características del servicio de remolque portuario.
- Artículo 77. Definición y características del servicio de amarre y desamarre de buques.
- Artículo 78. Definición y alcance del servicio al pasaje.
- Artículo 79. Definición y ámbito del servicio portuario de manipulación de mercancías.
- Artículo 80. Régimen de prestación.
- Artículo 81. Concepto de autoprestación.
- Artículo 82. Concepto de integración de servicios.
- Artículo 83. Requisitos y procedimiento de otorgamiento de las licencias de autoprestación y de integración de servicios
- Artículo 84. Compensaciones económicas.
- Artículo 85. Concepto y regulación.
- Artículo 86. Definición y régimen de aplicación.
- Artículo 87. Régimen de Prestación de servicios comerciales y otras actividades.
- Artículo 88. Servicios comerciales prestados por las Autoridades Portuarias.
- Artículo 89. Entrega, recepción y otras operaciones de manipulación de mercancías.
- Artículo 90. Servicios comerciales prestados por las Autoridades Portuarias.
- Artículo 91. Servicio de señalización marítima.
- Artículo 92. Modelo de gestión del dominio público portuario.
- Artículo 93. Naturaleza y determinación del dominio público portuario.
- Artículo 94. Usos y actividades permitidas en el dominio público portuario.
- Artículo 95. Régimen de utilización del dominio público portuario.
- Artículo 96. Delimitación de los Espacios y Usos Portuarios.
- Artículo 97. Modificación de la Delimitación de los Espacios y Usos Portuarios.
- Artículo 98. Efectos de la Delimitación de los Espacios y Usos Portuarios sobre las concesiones y autorizaciones.
- Artículo 99. Clases de autorizaciones.
- Artículo 100. Ambito de aplicación.
- Artículo 101. Iniciación del procedimiento.
- Artículo 102. Requisitos de la solicitud.
- Artículo 103. Procedimiento de otorgamiento.
- Artículo 104. Concursos.
- Artículo 105. Condiciones de otorgamiento.
- Artículo 106. Ambito de aplicación.
- Artículo 107. Plazo de las concesiones.
- Artículo 108. Iniciación del procedimiento. Otorgamiento directo.
- Artículo 109. Requisitos de la solicitud.
- Artículo 110. Procedimiento de otorgamiento.
- Artículo 111. Concursos.
- Artículo 112. Condiciones de otorgamiento.
- Artículo 113. Modificación de concesiones.
- Artículo 114. Revisión de concesiones.
- Artículo 115. División y unificación de concesiones.
- Artículo 116. Renovación de determinadas concesiones.
- Artículo 117. Actos de transmisión y de gravamen.
- Artículo 118. Garantía provisional y garantía definitiva.
- Artículo 119. Garantía de explotación.
- Artículo 120. Disposiciones comunes.
Normas que la modifican o afectan (17)
Normas a las que afecta (4)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 48/2003?
- Ley 48/2003 está derogada desde el 2011-10-21: ya no está en vigor.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 48/2003?
- El BOE registra 17 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 48/2003?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.