Ley 44/1998, de 15 de diciembre, de Planta y Organización Territorial de la Jurisdicción Militar.
BOE-A-1998-28994 · Boletín Oficial del Estado, 1998-12-16 · Jefatura del Estado
Ley 44/1998 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-10-09.
Resumen
La Ley 44/1998 regula la planta y organización territorial de la jurisdicción militar en España. Esta norma es aplicable a todos los órganos de la jurisdicción militar y entró en vigor tres meses después de su publicación en el BOE, en diciembre de 1998.
Entre los puntos clave, la ley reduce el número de Juzgados Togados Militares Territoriales de 28 a 18, adaptando su distribución a las Comunidades Autónomas para mejorar la eficacia de la justicia militar. Se establecen cinco territorios jurisdiccionales, cada uno con un Tribunal Militar Territorial, cuya sede se asigna a diferentes ciudades. Además, se prevé la creación de una Segunda Sección en el Tribunal Militar Territorial Segundo en Sevilla, que se activará según las necesidades del sistema judicial. Por último, se deroga la anterior Ley 9/1988, que regulaba la organización territorial de la jurisdicción militar, lo que implica un cambio significativo en la estructura y funcionamiento de estos tribunales.
Datos clave
- Rango
- Ley 44/1998
- Fecha de la disposición
- 1998-12-15
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 300, 1998-12-16
- Entrada en vigor
- 1999-03-16
- Departamento
- Jefatura del Estado
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-10-09
- Artículos
- 16
- Identificador BOE
- BOE-A-1998-28994
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Índice del articulado
- Artículo 1. Tribunal Militar Central y Juzgados Togados Militares Centrales.
- Artículo 2. División territorial.
- Artículo 3. Tribunales Militares Territoriales.
- Artículo 4. Segunda Sección del Tribunal Militar Territorial Segundo.
- Artículo 5. Composición de los Tribunales Militares Territoriales.
- Artículo 6. Juzgados Togados Militares Centrales.
- Artículo 7. Demarcaciones de los Juzgados Togados Militares del territorio primero.
- Artículo 8. Demarcaciones de los Juzgados Togados Militares del territorio segundo.
- Artículo 9. Demarcaciones de los Juzgados Togados Militares del territorio tercero.
- Artículo 10. Demarcaciones de los Juzgados Togados Militares del territorio cuarto.
- Artículo 11. Demarcaciones de los Juzgados Togados Militares del territorio quinto.
- Artículo 12. Sustituciones de los Jueces Togados Militares.
- Disposición adicional primera.
- Disposición adicional segunda.
- Disposición derogatoria única.
- Disposición final única.
Normas a las que afecta (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley Orgánica 4/1987, de 15 de julio, de la Competencia y Organización de la Jurisdicción Militar. |
| Deroga | Ley 9/1988, de 21 de abril |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 44/1998?
- Ley 44/1998 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-10-09.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 44/1998?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.