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Ley Vigente

Artículo 3. Tribunales Militares Territoriales.

Artículo 3 de la Ley 44/1998, de 15 de diciembre, de Planta y Organización Territorial de la Jurisdicción Militar. · BOE-A-1998-28994

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-03-16.

Texto consolidado

En cada uno de los territorios descritos en el artículo anterior existirá un Tribunal Militar Territorial cuya sede será la siguiente:

Tribunal Militar Territorial Primero, Madrid.

Tribunal Militar Territorial Segundo, Sevilla.

Tribunal Militar Territorial Tercero, Barcelona.

Tribunal Militar Territorial Cuarto, A Coruña.

Tribunal Militar Territorial Quinto, Santa Cruz de Tenerife.

Cada Tribunal Militar Territorial se compondrá de una Sección, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo siguiente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1999-03-16.

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