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Ley Vigente

Artículo 7. Demarcaciones de los Juzgados Togados Militares del territorio primero.

Artículo 7 de la Ley 44/1998, de 15 de diciembre, de Planta y Organización Territorial de la Jurisdicción Militar. · BOE-A-1998-28994

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-03-16.

Texto consolidado

En el territorio primero, las demarcaciones, planta, número de orden y sede de los Juzgados Togados Militares Territoriales serán las siguientes:

a) Provincias de Madrid, Toledo, Ciudad Real, Cuenca, Guadalajara, Cáceres y Badajoz. Dos Juzgados Togados, con los números 11 y 12, con sede en Madrid.

b) Provincias de Castellón, Valencia, Alicante y Albacete. Un Juzgado Togado con el número 13 y con sede en Valencia.

c) Provincia de Murcia. Un Juzgado Togado con el número 14 y sede en Cartagena (Murcia).

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1999-03-16.

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