Ley 4/2015, de 26 de febrero, de regulación del proceso de transición entre gobiernos en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
BOE-A-2015-3183 · Boletín Oficial del Estado, 2015-03-25 · Comunidad Autónoma de Extremadura
Ley 4/2015 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-04-20.
Resumen
La Ley 4/2015 regula el proceso de transición entre gobiernos en la Comunidad Autónoma de Extremadura, estableciendo un marco normativo para garantizar la continuidad administrativa y política tras el cese del Presidente de la Junta de Extremadura. Esta norma es aplicable a todos los órganos de la administración autonómica desde su entrada en vigor el 27 de febrero de 2015.
Entre los puntos clave, la ley establece que el Presidente cesante continuará en funciones hasta la toma de posesión del nuevo Presidente, limitando su capacidad de actuación a la gestión ordinaria y prohibiendo decisiones que comprometan al nuevo gobierno. También se establece un deber de colaboración y transparencia en el traspaso de poderes, incluyendo la obligación de proporcionar información sobre asuntos pendientes y el estado de ejecución del presupuesto. Además, se prohíbe a los miembros del gobierno en funciones realizar nombramientos o aprobar convenios que generen obligaciones financieras, salvo en casos de urgencia debidamente justificados. Por último, esta ley deroga artículos de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que resultaban incongruentes o insuficientes en el contexto actual.
Datos clave
- Rango
- Ley 4/2015
- Fecha de la disposición
- 2015-02-26
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 72, 2015-03-25
- Entrada en vigor
- 2015-02-28
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Extremadura
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-04-20
- Artículos
- 18
- Identificador BOE
- BOE-A-2015-3183
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE EXTREMADURA
Sea notorio a todos los ciudadanos que la Asamblea de Extremadura ha aprobado y yo, en nombre del Rey, de conformidad con lo establecido en el artículo 40.1 del Estatuto de Autonomía, vengo a promulgar la siguiente ley.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y finalidad.
- Artículo 2. Principios.
- Artículo 3. Presidente en funciones y Presidente sustituto.
- Artículo 4. Junta de Extremadura en funciones.
- Artículo 5. Otras limitaciones.
- Artículo 6. Deber de abstención y colaboración.
- Artículo 7. Acuerdo de traspaso.
- Artículo 8. Información presupuestaria y contable.
- Artículo 9. Información sobre las reuniones del Consejo de Gobierno en funciones.
- Artículo 10. Comisiones de traspaso.
- Artículo 11. Toma de posesión de los nuevos miembros del gobierno.
- Artículo 12. Sesión constitutiva y decreto de estructura básica.
- Artículo 13. Decretos de estructuras orgánicas.
- Disposición adicional única. Permanencia de los altos cargos tras la toma de posesión del nuevo gobierno.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación Ley 1/2014, de 18 de febrero, de regulación del Estatuto de los cargos públicos del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma…
- Disposición final segunda. Habilitación normativa.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se modifica | los arts. 2, 4 y 5, por Decreto-ley 1/2026, de 13 de marzo |
Normas a las que afecta (3)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 4/2015?
- Ley 4/2015 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-04-20.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 4/2015?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 4/2015?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.