Artículo 9. Información sobre las reuniones del Consejo de Gobierno en funciones.
Artículo 9 de la Ley 4/2015, de 26 de febrero, de regulación del proceso de transición entre gobiernos en la Comunidad Autónoma de Extremadura. · BOE-A-2015-3183
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-02-28.
Texto consolidado
Durante el tiempo en que la Junta de Extremadura permanece en funciones, el candidato a la presidencia de la misma propuesto por el Presidente de la Asamblea de Extremadura podrá solicitar a aquélla la remisión a la Asamblea de Extremadura del orden día de las reuniones del Consejo de Gobierno que se vayan a celebrar, que deberá ser remitido con una antelación mínima de cuarenta y ocho horas a su celebración. Asimismo, podrá solicitar la remisión de las actas de las reuniones del referido órgano de gobierno celebradas durante dicho período, que deberán ser remitidas en el plazo máximo de cuarenta y ocho horas desde su celebración.