Artículo 12. Sesión constitutiva y decreto de estructura básica.
Artículo 12 de la Ley 4/2015, de 26 de febrero, de regulación del proceso de transición entre gobiernos en la Comunidad Autónoma de Extremadura. · BOE-A-2015-3183
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-02-28.
Texto consolidado
1. Tras la toma de posesión de sus nuevos miembros el Consejo de Gobierno se reunirá en sesión constitutiva, donde podrá aprobarse a propuesta de la consejería que ejerza las funciones de administración pública un decreto de estructura básica donde se determinen el número, denominación y competencias de los órganos directivos que conformen las distintas las consejerías y la vicepresidencia o vicepresidencias, en su caso.
2. El decreto de estructura básica podrá aprobarse en sesiones posteriores del Consejo de Gobierno si no fuera aprobado en la sesión constitutiva.