Ley 3/1985, de 20 de mayo, sobre iniciativa legislativa del pueblo riojano.
BOE-A-1985-18027 · Boletín Oficial del Estado, 1985-08-22 · Comunidad Autónoma de La Rioja
Ley 3/1985 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-16.
Resumen
La Ley 3/1985, de 20 de mayo, regula la iniciativa legislativa del pueblo en la Comunidad Autónoma de La Rioja, permitiendo a los ciudadanos participar en el proceso legislativo. Esta norma aplica a todos los ciudadanos mayores de edad que estén inscritos en el censo electoral de La Rioja desde su entrada en vigor en 1985.
Los puntos clave de esta ley son: primero, los ciudadanos pueden presentar proposiciones de ley siempre que cuenten con el apoyo de al menos 6.000 firmas; segundo, se establecen materias que no pueden ser objeto de esta iniciativa, como las cuestiones tributarias o la reforma del Estatuto de Autonomía; y tercero, se establece un procedimiento claro para la presentación y tramitación de estas iniciativas, que incluye la obligación de presentar documentación específica y la posibilidad de recurrir ante el Tribunal Constitucional en caso de inadmisión. Además, la Diputación General indemnizará a los promotores por gastos justificados hasta un límite establecido. Esta ley no está derogada y sigue vigente.
Datos clave
- Rango
- Ley 3/1985
- Fecha de la disposición
- 1985-05-20
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 201, 1985-08-22
- Entrada en vigor
- 1985-08-22
- Departamento
- Comunidad Autónoma de La Rioja
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-16
- Artículos
- 11
- Identificador BOE
- BOE-A-1985-18027
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA
Sea notorio a todos los ciudadanos de la Comunidad Autónoma de La Rioja que la Diputación General ha aprobado la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para 1985.
Por consiguiente, al amparo del artículo 21.1 del Estatuto de Autonomía de La Rioja, en nombre del Rey, promulgó y ordenó la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de La Rioja» la siguiente Ley:
Índice del articulado
Normas a las que afecta (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Cita | Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional. |
| De conformidad con | Ley Orgánica 3/1982, de 9 de junio, de Estatuto de Autonomía de La Rioja. |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 3/1985?
- Ley 3/1985 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-16.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 3/1985?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.