Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público.
BOE-A-2013-13722 · Boletín Oficial del Estado, 2013-12-28 · Jefatura del Estado
Ley 25/2013 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Ley 25/2013
- Fecha de la disposición
- 2013-12-27
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 311, 2013-12-28
- Entrada en vigor
- 2014-01-17
- Departamento
- Jefatura del Estado
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 31
- Identificador BOE
- BOE-A-2013-13722
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación subjetivo.
- Artículo 3. Obligación de presentación de facturas en el registro.
- Artículo 4. Uso de la factura electrónica en el sector público.
- Artículo 5. Formato de las facturas electrónicas y su firma electrónica.
- Artículo 6. Punto general de entrada de facturas electrónicas.
- Artículo 7. Archivo y custodia de la información.
- Artículo 8. Creación del registro contable de facturas.
- Artículo 9. Procedimiento para la tramitación de facturas.
- Artículo 10. Actuaciones del órgano competente en materia de contabilidad.
- Artículo 11. Efectos de la recepción de la factura en el punto general de entrada de facturas electrónicas y anotación en el registro contable de facturas.
- Artículo 12. Facultades y obligaciones de los órganos de control interno.
- Artículo 13. Colaboración con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
- Disposición adicional primera. Régimen de los órganos constitucionales del Estado y de los órganos legislativos y de control autonómicos.
- Disposición adicional segunda. Formato de la factura y firma electrónica.
- Disposición adicional tercera. Formato de la factura electrónica y sus efectos tributarios.
- Disposición adicional cuarta. Intercambio de información.
- Disposición adicional quinta. Adhesión al Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas de la Administración General del Estado.
- Disposición adicional sexta. Publicidad de los Puntos generales de entrada de facturas electrónicas y de los registros contables.
- Disposición transitoria primera. Obligación de presentación de la factura en un registro administrativo.
- Disposición transitoria segunda. Firma de las facturas electrónicas.
- Disposición transitoria tercera. Intermediación entre el punto general de entrada de facturas y la oficina contable competente.
- Disposición derogatoria. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
- Disposición final segunda. Modificación de la Ley 56/2007, de 28 de diciembre, de medidas de impulso de la sociedad de la información.
- Disposición final tercera. Modificación del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
- Disposición final cuarta. Modificación de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.
- Disposición final quinta. Título competencial.
- Disposición final sexta. Desarrollo reglamentario.
- Disposición final séptima. Habilitación normativa.
- Disposición final octava. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (3)
Normas a las que afecta (6)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 25/2013?
- Ley 25/2013 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 25/2013?
- El BOE registra 3 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 25/2013?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.