Ley 12/2015, de 24 de junio, en materia de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España.
BOE-A-2015-7045 · Boletín Oficial del Estado, 2015-06-25 · Jefatura del Estado
Ley 12/2015 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Resumen
Esta norma regula la concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España, facilitando su reencuentro con su patria tras siglos de diáspora. Aplica a los descendientes de judíos sefardíes que puedan demostrar su origen y vinculación con España, y está en vigor desde el 1 de octubre de 2015.
Los puntos clave de la ley incluyen: 1) La posibilidad de obtener la nacionalidad española por carta de naturaleza, sin necesidad de residencia legal en España, siempre que se acredite la condición de sefardí y una especial vinculación con el país. 2) Se establecen requisitos documentales específicos, como certificados de comunidades judías y pruebas de conocimiento del idioma y cultura española. 3) Se elimina la obligación de renunciar a la nacionalidad anterior para los sefardíes, lo que les permite mantener su nacionalidad original al adquirir la española. 4) Se establece un procedimiento electrónico para la tramitación de solicitudes, con un plazo de tres años para formalizarlas, prorrogable por un año más.
La ley no está derogada y sigue en vigor, ofreciendo un marco legal para la recuperación de la nacionalidad a aquellos que fueron forzados a abandonar España en el pasado.
Datos clave
- Rango
- Ley 12/2015
- Fecha de la disposición
- 2015-06-24
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 151, 2015-06-25
- Entrada en vigor
- 2015-10-01
- Departamento
- Jefatura del Estado
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 13
- Identificador BOE
- BOE-A-2015-7045
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
FELIPE VI
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Índice del articulado
- Artículo 1. Concesión de la nacionalidad española por carta de naturaleza a los sefardíes originarios de España.
- Artículo 2. Procedimiento.
- Disposición adicional primera. Plazos.
- Disposición adicional segunda. Procedimiento electrónico y tasa por tramitación de expedientes.
- Disposición adicional tercera. Circunstancias excepcionales y razones humanitarias.
- Disposición adicional cuarta. Inscripciones en el Registro Civil.
- Disposición transitoria única. Concurrencia de procedimientos.
- Disposición final primera. Modificación del Código Civil.
- Disposición final segunda. Modificación del texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por Real Decreto Le…
- Disposición final tercera. Supletoriedad.
- Disposición final cuarta. Habilitación.
- Disposición final quinta. Título competencial.
- Disposición final sexta. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (1)
Normas a las que afecta (3)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 12/2015?
- Ley 12/2015 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 12/2015?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 12/2015?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.