Instrucción de 29 de septiembre de 2015, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre la aplicación de la Ley 12/2015, de 24 de junio, en materia de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España.
BOE-A-2015-10441 · Boletín Oficial del Estado, 2015-09-30 · Ministerio de Justicia
BOE-A-2015-10441 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Resumen
Esta norma regula la aplicación de la Ley 12/2015, que concede la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España. Aplica a aquellos sefardíes que puedan demostrar su origen y vinculación con España, independientemente de su residencia, desde su entrada en vigor el 30 de septiembre de 2015.
Los puntos clave incluyen: 1) La solicitud debe realizarse de forma electrónica a través de un portal específico, donde se requiere la presentación de documentos que acrediten tanto el origen sefardí como la vinculación con España. 2) Se establece un procedimiento notarial en el que un notario examina la documentación y emite un acta de notoriedad, que es necesaria para la obtención de la nacionalidad. 3) Se permite la adquisición de la nacionalidad sin renunciar a la anterior, lo que es una novedad respecto a otros procedimientos. 4) Los solicitantes menores de 18 años o incapaces deben contar con la autorización de sus representantes legales para presentar la solicitud.
La norma no está derogada y sigue vigente, proporcionando un marco claro para la tramitación de solicitudes de nacionalidad para sefardíes.
Datos clave
- Rango
- Instrucción
- Fecha de la disposición
- 2015-09-29
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 234, 2015-09-30
- Entrada en vigor
- 2015-10-01
- Departamento
- Ministerio de Justicia
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Identificador BOE
- BOE-A-2015-10441
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Ley 12/2015, de 24 de junio, en materia de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España, satisface una legítima pretensión de las comunidades de la diáspora sefardí cuyos antepasados se vieron forzados al exilio o a convertirse al cristianismo como consecuencia del Edicto decretado en el Palacio de la Alhambra el 31 de marzo de 1492.
Normas a las que afecta (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley 12/2015, de 24 de junio, en materia de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España. |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor BOE-A-2015-10441?
- BOE-A-2015-10441 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de BOE-A-2015-10441?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.