Ley 11/2002, de 14 de mayo, de Creación de la Comarca de Andorra-Sierra de Arcos.
BOE-A-2002-17588 · Boletín Oficial del Estado, 2002-09-10 · Comunidad Autónoma de Aragón
Ley 11/2002 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Datos clave
- Rango
- Ley 11/2002
- Fecha de la disposición
- 2002-05-14
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 217, 2002-09-10
- Entrada en vigor
- 2002-05-18
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Aragón
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 38
- Identificador BOE
- BOE-A-2002-17588
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN
En nombre del Rey y como Presidente de la Comunidad Autónoma de Aragón, promulgo la presente Ley, aprobada por las Cortes de Aragón, y ordeno se publique en el «Boletín Oficial de Aragón» y en el «Boletín Oficial del Estado», todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1 del Estatuto de Autonomía.
PREÁMBULO
Índice del articulado
- Artículo 1. Creación y denominación.
- Artículo 2. Capitalidad.
- Artículo 3. Personalidad y potestades.
- Artículo 4. Competencias de la comarca.
- Artículo 5. Competencias propias.
- Artículo 6. Asistencia y cooperación con los municipios.
- Artículo 7. Competencias transferidas y delegadas.
- Artículo 8. Encomienda de gestión.
- Artículo 9. Ejercicio de las competencias.
- Artículo 10. Órganos.
- Artículo 11. Consejo Comarcal.
- Artículo 12. Elección y proclamación de los Consejeros.
- Artículo 13. Estatuto de los Consejeros Comarcales.
- Artículo 14. Elección del Presidente.
- Artículo 15. Competencias del Presidente y del Consejo Comarcal.
- Artículo 16. Vicepresidentes.
- Artículo 17. Comisión de Gobierno.
- Artículo 18. Comisión Especial de Cuentas.
- Artículo 19. Principios generales.
- Artículo 20. Sesiones.
- Artículo 21. Principios generales.
- Artículo 22. Funcionarios con habilitación de carácter nacional.
- Artículo 23. Gerente Comarcal.
- Artículo 24. Ingresos.
- Artículo 25. Régimen presupuestario y contable.
- Artículo 26. Patrimonio.
- Artículo 27. Aportaciones municipales y obligatoriedad.
- Disposición adicional primera. Alteración de términos municipales.
- Disposición adicional segunda. Nombramiento de una Comisión Gestora y cese del Alcalde y de los Concejales del municipio.
- Disposición adicional tercera. Registros.
- Disposición adicional cuarta. Modificaciones en el censo.
- Disposición adicional quinta. Transferencia o delegación de competencias de las provincias.
- Disposición adicional sexta. Mancomunidades.
- Disposición transitoria primera. Primera elección de los Consejeros Comarcales y constitución del Consejo Comarcal.
- Disposición transitoria segunda. Comisiones Mixtas de Transferencias.
- Disposición final primera. Legislación supletoria.
- Disposición final segunda. Habilitación de desarrollo reglamentario.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (3)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Cita | Ley 8/1996, de 2 de diciembre |
| De conformidad con | art. 5 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 8/1982, de 10 de agosto |
| De conformidad con | arts. 4.3 y 5.1 de la Ley 10/1993, de 4 de noviembre |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 11/2002?
- Ley 11/2002 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 11/2002?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.