Artículo 3. Personalidad y potestades.
Artículo 3 de la Ley 11/2002, de 14 de mayo, de Creación de la Comarca de Andorra-Sierra de Arcos. · BOE-A-2002-17588
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-05-18.
Texto consolidado
1. La Comarca de Andorra-Sierra de Arcos, como Entidad Local Territorial, tiene personalidad jurídica propia y goza de capacidad y autonomía para el cumplimiento de sus fines.
2. En el ejercicio de sus competencias, corresponden a la Comarca de Andorra-Sierra de Arcos todas las potestades y prerrogativas reconocidas a la comarca en la legislación aragonesa.