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Ley Vigente

Artículo 2. Capitalidad.

Artículo 2 de la Ley 11/2002, de 14 de mayo, de Creación de la Comarca de Andorra-Sierra de Arcos. · BOE-A-2002-17588

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-05-18.

Texto consolidado

1. La Comarca de Andorra-Sierra de Arcos tiene su capitalidad en el municipio de Andorra, donde tendrán su sede oficial los órganos de gobierno de la misma.

2. Sin perjuicio de lo anterior, los servicios que preste la comarca podrán establecerse en cualquier lugar dentro de los límites del territorio comarcal.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-05-18.

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