Ley 1/2017, de 8 de febrero, de medidas de racionalización del régimen retributivo y de clasificación profesional del personal directivo y del resto del personal al servicio de los entes del sector público institucional de la Comunidad Autónoma de Aragón.
BOE-A-2017-2470 · Boletín Oficial del Estado, 2017-03-08 · Comunidad Autónoma de Aragón
Ley 1/2017 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Resumen
Esta ley regula el régimen retributivo y la clasificación profesional del personal directivo y del resto del personal al servicio de entidades del sector público institucional de la Comunidad Autónoma de Aragón. Aplica a entidades de derecho público, sociedades mercantiles, fundaciones y consorcios de esta comunidad desde su entrada en vigor el 9 de febrero de 2017.
Los puntos clave de la ley incluyen: 1) La clasificación del personal directivo en máximos responsables y directivos, con límites salariales establecidos que no pueden exceder las retribuciones de los altos cargos del Gobierno de Aragón. 2) La regulación de las retribuciones del personal laboral, que se dividen en básicas y complementarias, y que deben ajustarse a los límites fijados en las leyes de presupuestos anuales. 3) La obligación de homologar las retribuciones del personal directivo y laboral, garantizando que no haya incrementos salariales tras la adaptación a esta ley. 4) La prohibición de retribuciones por conceptos no contemplados en la ley, asegurando una estructura salarial homogénea y equitativa en el sector público de Aragón.
La ley no está derogada y se encuentra vigente.
Datos clave
- Rango
- Ley 1/2017
- Fecha de la disposición
- 2017-02-08
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 57, 2017-03-08
- Entrada en vigor
- 2017-02-17
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Aragón
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 17
- Identificador BOE
- BOE-A-2017-2470
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
En nombre del Rey y como Presidente de la Comunidad Autónoma de Aragón, promulgo la presente Ley, aprobada por las Cortes de Aragón, y ordeno se publique en el «Boletín Oficial de Aragón» y en el «Boletín Oficial del Estado», todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 del Estatuto de Autonomía de Aragón.
PREÁMBULO
I
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Personal directivo.
- Artículo 3. Régimen de designación y contratación.
- Artículo 4. Extinción por desistimiento.
- Artículo 5. Retribuciones de los máximos responsables y de los directivos.
- Artículo 6. Retribuciones del personal laboral de las entidades del sector público institucional de la Comunidad Autónoma de Aragón.
- Artículo 7. Otras retribuciones.
- Artículo 8. Limitaciones presupuestarias.
- Artículo 9. Clasificación profesional del personal laboral de las entidades del sector público institucional de la Comunidad Autónoma de Aragón.
- Disposición adicional primera. Homologación retributiva del personal directivo de las entidades del sector público institucional de la Comunidad Autónoma de Aragón.
- Disposición adicional segunda. Adaptación de contratos.
- Disposición adicional tercera. Homologación retributiva del personal laboral de las entidades del sector público institucional de la Comunidad Autónoma de Aragón.
- Disposición adicional cuarta. Homologación retributiva de las entidades vinculadas o dependientes del Servicio Aragonés de Salud.
- Disposición adicional quinta. Sistemas de desarrollo profesional.
- Disposición derogatoria única.
- Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se modifica | el art. 7 y SE SUPRIME la disposición adicional 5, por Ley 10/2019, de 30 de diciembre |
Normas a las que afecta (3)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, de reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón. |
| De conformidad con | los arts. 20.5 y 29.2 de la Ley 1/2016, de 28 de enero |
| Deroga | Ley 4/2012, de 26 de abril, de medidas urgentes de racionalización del sector público empresarial. |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 1/2017?
- Ley 1/2017 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 1/2017?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 1/2017?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.