Ley 1/2010, de 30 de marzo, de creación del Colegio Oficial de Terapeutas Ocupacionales de la Comunitat Valenciana.
BOE-A-2010-6558 · Boletín Oficial del Estado, 2010-04-26 · Comunitat Valenciana
Ley 1/2010 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Ley 1/2010
- Fecha de la disposición
- 2010-03-30
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 100, 2010-04-26
- Entrada en vigor
- 2010-04-07
- Departamento
- Comunitat Valenciana
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 8
- Identificador BOE
- BOE-A-2010-6558
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Sea notorio y manifiesto a todos los ciudadanos que Les Corts han aprobado y yo, de acuerdo con lo establecido por la Constitución y el Estatuto de Autonomía, en nombre del Rey, promulgo la siguiente Ley.
PREÁMBULO
La Constitución Española, en su artículo 149.1.18, reserva al Estado la competencia sobre las bases del régimen jurídico de las administraciones públicas, y en el artículo 36 prevé que la ley regulará las peculiaridades propias del régimen jurídico de los colegios profesionales.
Índice del articulado
- Artículo 1. Creación.
- Artículo 2. Ámbito territorial.
- Artículo 3. Ámbito personal.
- Artículo 4. Normativa reguladora.
- Artículo 5. Relaciones con la Administración.
- Disposición adicional única. Excepción a la incorporación obligatoria.
- Disposición transitoria única. Proceso constituyente.
- Disposición final única. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (2)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 1/2010?
- Ley 1/2010 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 1/2010?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.