Disposición adicional única. Excepción a la incorporación obligatoria.
Disposición adicional única de la Ley 1/2010, de 30 de marzo, de creación del Colegio Oficial de Terapeutas Ocupacionales de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2010-6558
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-04-07.
Texto consolidado
Quedan exceptuados de la incorporación obligatoria al Colegio Oficial de Terapeutas Ocupacionales de la Comunitat Valenciana, a que se refiere el artículo 3 de esta Ley, aquellos profesionales que ejerzan su actividad exclusivamente al servicio de las administraciones públicas en el ámbito de la Comunitat Valenciana.