Artículo 2. Ámbito territorial.
Artículo 2 de la Ley 1/2010, de 30 de marzo, de creación del Colegio Oficial de Terapeutas Ocupacionales de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2010-6558
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-04-07.
Texto consolidado
El ámbito territorial del colegio profesional que se crea es el de la Comunitat Valenciana.