Ley 1/2008, de 26 de junio, de Modernización del Comercio de la Comunidad de Madrid.
BOE-A-2008-15147 · Boletín Oficial del Estado, 2008-09-18 · Comunidad de Madrid
Ley 1/2008 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Resumen
La Ley 1/2008, de 26 de junio, de Modernización del Comercio de la Comunidad de Madrid, regula la modernización y flexibilización del comercio y las actividades feriales en la región. Esta norma aplica a todas las actividades comerciales minoristas y feriales realizadas en la Comunidad de Madrid desde su entrada en vigor.
Entre los puntos clave de la ley, destaca la eliminación de autorizaciones administrativas previas para la celebración de actividades feriales, que ahora solo requieren una comunicación a la Comunidad de Madrid. También se simplifican los trámites para la apertura de establecimientos comerciales, exigiendo autorización solo para aquellos de más de 2.500 metros cuadrados. Además, se reconoce la libertad de los comerciantes para determinar sus horarios de apertura y cierre, eliminando las limitaciones horarias previas. La norma busca fomentar la competitividad y la creación de empleo, facilitando el desarrollo de pequeñas y medianas empresas en el sector.
Esta ley no está derogada y se encuentra vigente, promoviendo un entorno más dinámico y eficiente para el comercio en la Comunidad de Madrid.
Datos clave
- Rango
- Ley 1/2008
- Fecha de la disposición
- 2008-06-26
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 226, 2008-09-18
- Entrada en vigor
- 2008-07-12
- Departamento
- Comunidad de Madrid
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 9
- Identificador BOE
- BOE-A-2008-15147
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
LA PRESIDENTA DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Hago saber que la Asamblea de Madrid ha aprobado la presente Ley, que yo, en nombre del Rey, promulgo.
PREÁMBULO
Índice del articulado
- Artículo primero. Modificación parcial de la Ley 15/1997, de 25 de junio, de Ordenación de Actividades Feriales de la Comunidad de Madrid.
- Artículo segundo. Modificación parcial de la Ley 16/1999, de 29 de abril, de Comercio Interior de la Comunidad de Madrid.
- Artículo tercero. Modificación parcial de la Ley 5/2002, de 27 de junio, sobre Drogodependencias y Otros Trastornos Adictivos.
- Disposición transitoria primera. Licencias comerciales de gran establecimiento.
- Disposición transitoria segunda. Autorizaciones de establecimientos comerciales denominados todo a cien o similares, de venta de temporada u ocasional, de descuento duro y media…
- Disposición transitoria tercera. Actividades feriales autorizadas.
- Disposición transitoria cuarta. Procedimientos sancionadores iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Ley.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final única. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (5)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 1/2008?
- Ley 1/2008 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 1/2008?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.