Resolución de 7 de mayo de 1996, de la Tesorería General de la Seguridad Social, sobre nombramiento y funciones de los Ordenadores secundarios de Pagos.
BOE-A-1996-11379 · Boletín Oficial del Estado, 1996-05-20 · Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
BOE-A-1996-11379 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Resumen
Esta norma regula el nombramiento y las funciones de los Ordenadores secundarios de Pagos en la Tesorería General de la Seguridad Social. Aplica a los funcionarios designados como Ordenadores secundarios de Pagos desde su publicación el 8 de mayo de 1996.
Los puntos clave de la norma son: 1) Se designa como Ordenador secundario de Pagos al Subdirector general de Pagos y Entidades Colaboradoras, así como a los Directores provinciales y Gerentes de centros sanitarios, quienes tendrán funciones específicas para ordenar pagos. 2) Se establece la posibilidad de suplencias y delegaciones de firma en caso de enfermedad o ausencia, permitiendo que otros funcionarios asuman temporalmente estas responsabilidades. 3) Las delegaciones de competencias deben ser comunicadas a las entidades correspondientes y a las entidades financieras donde se gestionen los fondos. 4) Los Ordenadores secundarios de Pagos pueden autorizar operaciones con fondos de maniobra bajo ciertas condiciones.
La norma no está derogada y sigue vigente desde su entrada en vigor.
Datos clave
- Rango
- Resolución
- Fecha de la disposición
- 1996-05-07
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 122, 1996-05-20
- Entrada en vigor
- 1996-05-21
- Departamento
- Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 5
- Identificador BOE
- BOE-A-1996-11379
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El Reglamento General de la Gestión Financiera de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1391/1995, de 4 de agosto, establece en su artículo 9 que el Director general de la Tesorería General de la Seguridad Social ejercerá las funciones de Tesorero general y de Ordenador general de Pagos de la misma, bajo la superior autoridad del Ministro de Trabajo y Seguridad Social, y que también podrán ordenar pagos en ese ámbito las personas expresamente habilitadas para ello por el citado Director general, como Ordenadores secundarios de Pagos y con cargo a las cuentas que se determinen. Asimismo, en su artículo 10, al regular las funciones del Director general de la Tesorería General de la Seguridad Social como Ordenador general de Pagos de la misma, incluye entre ellas la de nombrar a los Ordenadores secundarios de Pagos y determinar sus funciones.
Índice del articulado
Normas que la modifican o afectan (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se deja sin efecto | el apartado 1.2.b), por Resolución de 24 de octubre de 2005 |
Normas a las que afecta (6)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor BOE-A-1996-11379?
- BOE-A-1996-11379 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a BOE-A-1996-11379?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de BOE-A-1996-11379?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.