Segundo.
Segundo de la Resolución de 7 de mayo de 1996, de la Tesorería General de la Seguridad Social, sobre nombramiento y funciones de los Ordenadores secundarios de Pagos. · BOE-A-1996-11379
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-05-21.
Texto consolidado
En el ámbito provincial, será Ordenador secundario de Pagos el respectivo Director provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, al que corresponderán a tal efecto las funciones determinadas en los apartados a), b) y c) del número 2 del artículo 6 de la citada Orden de 22 de febrero de 1996.