Resolución de 4 de noviembre de 2025, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica el Reglamento de determinación de los cánones ferroviarios de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias.
BOE-A-2025-23896 · Boletín Oficial del Estado, 2025-11-25 · Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible
BOE-A-2025-23896 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Resumen
Esta norma regula la determinación de los cánones ferroviarios que debe aplicar la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) para el uso de infraestructuras y servicios ferroviarios. Se aplica a todas las empresas ferroviarias que utilicen estas infraestructuras y entra en vigor el primer día del mes siguiente a su publicación en el BOE, es decir, a partir de diciembre de 2025.
Los puntos clave de la norma incluyen: 1) La actualización de los cánones, que ahora se consideran prestaciones patrimoniales de carácter público no tributario, lo que implica un cambio en su naturaleza jurídica; 2) La regulación de diferentes modalidades de cánones según el tipo de servicio y la infraestructura utilizada, con tarifas específicas para cada caso; 3) La obligación de las empresas ferroviarias de presentar mensualmente información sobre el uso de las infraestructuras y el número de viajeros, lo que influye en el cálculo de los cánones; y 4) La introducción de mecanismos de compensación para garantizar que la recaudación no exceda los límites establecidos en el nuevo reglamento.
Este reglamento deroga el anterior aprobado en 2024, por lo que se establece un nuevo marco normativo para la determinación de los cánones ferroviarios.
Datos clave
- Rango
- Resolución
- Fecha de la disposición
- 2025-11-04
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 283, 2025-11-25
- Entrada en vigor
- 2025-12-01
- Departamento
- Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 13
- Identificador BOE
- BOE-A-2025-23896
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
I
La Ley 26/2022, de 19 de diciembre, por la que se modifica la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del Sector Ferroviario, transformó de forma sustancial la determinación de los cánones ferroviarios, adaptando la regulación, de este modo, al principio de independencia de gestión de los administradores de infraestructura que dimana del artículo 4 de la Directiva 2012/34/UE, del Parlamento y del Consejo, de 21 de noviembre de 2012, por la que se establece un espacio ferroviario europeo único, estableciendo que su determinación, que se llevará a cabo por los administradores de infraestructuras ferroviarias siguiendo lo establecido en el artículo 100 de la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del Sector Ferroviario, se aprobará mediante un Reglamento adoptado por su Consejo de Administración que deberá ser publicado en el «Boletín Oficial del Estado» e incorporado a la Declaración sobre la Red.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Normativa.
- Artículo 3. Canon por los servicios de acceso y gestión de capacidad (Modalidad A).
- Artículo 4. Canon por utilización de las líneas ferroviarias y otros elementos relacionados con las mismas (Modalidad B).
- Artículo 5. Canon por utilización de las instalaciones de transformación y distribución de la energía eléctrica de tracción (Modalidad C).
- Artículo 6. Canon por utilización de estaciones de transporte de viajeros (Modalidad A).
- Artículo 7. Canon por utilización de otras instalaciones de servicio de los administradores generales de infraestructuras (Modalidad B).
- Artículo 8. Canon por utilización de puntos de carga titularidad de los administradores generales de infraestructuras (Modalidad C).
- Artículo 9. Determinación de las liquidaciones por subvención por compensación de tarifas (€ tren/km) en el marco de financiación del administrador de infraestructuras ADIF.
- Disposición adicional única. Aprobación del reglamento y publicación en la Declaración sobre la Red.
- Disposición transitoria única.
- Disposición derogatoria única.
- Disposición final. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (2)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor BOE-A-2025-23896?
- BOE-A-2025-23896 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de BOE-A-2025-23896?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.