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Resolución de 3 de diciembre de 2015, de la Dirección General de Cooperación Jurídica Internacional y Relaciones con las Confesiones, sobre inscripción de entidades católicas en el Registro de Entidades Religiosas.

BOE-A-2015-14045 · Boletín Oficial del Estado, 2015-12-23 · Ministerio de Justicia

BOE-A-2015-14045 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.

Resumen

Esta norma regula la inscripción de entidades católicas en el Registro de Entidades Religiosas en España. Aplica a las diócesis, parroquias, institutos de vida consagrada y otras entidades religiosas desde su publicación el 3 de diciembre de 2015.

Entre los puntos clave, se establece que las circunscripciones territoriales de la Iglesia Católica no necesitan inscribirse en el registro, pero deben notificar su personalidad jurídica civil. Además, los institutos de vida consagrada pueden solicitar la inscripción de manera individual o conjunta, siempre que presenten la documentación necesaria y cuenten con la aprobación de la autoridad eclesiástica. También se especifica que las solicitudes de inscripción de fundaciones religiosas deben seguir lo previsto en un decreto anterior y que cualquier modificación en los estatutos de las entidades requiere la aprobación de la autoridad competente. Finalmente, se establece que todas las actuaciones deben realizarse conforme al Acuerdo entre el Estado español y la Santa Sede, garantizando así la coordinación entre ambas entidades en cuestiones jurídicas. Esta resolución no está derogada.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Resolución
Fecha de la disposición
2015-12-03
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 306, 2015-12-23
Entrada en vigor
2016-01-12
Departamento
Ministerio de Justicia
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2025-12-19
Artículos
6
Identificador BOE
BOE-A-2015-14045
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

La presente Resolución se dicta en aplicación del Real Decreto 594/2015, de 3 de julio, por el que se regula el Registro de Entidades Religiosas, de conformidad con lo establecido en el Artículo I del Acuerdo entre el Estado español y la Santa Sede sobre asuntos jurídicos, firmado el 3 de enero de 1979 en la Ciudad del Vaticano, en relación a las entidades objeto de inscripción en dicho Registro.

Esta Dirección General, oída la Comisión creada al amparo del Artículo VII del citado Acuerdo internacional, ha adoptado la siguiente Resolución:

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas a las que afecta (2)

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor BOE-A-2015-14045?
BOE-A-2015-14045 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de BOE-A-2015-14045?
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