Sexto. Actuación conforme al Acuerdo entre el Estado español y la Santa Sede sobre Asuntos Jurídicos, firmado el 3 de enero de 1979 en la Ciudad del Vaticano.
Sexto de la Resolución de 3 de diciembre de 2015, de la Dirección General de Cooperación Jurídica Internacional y Relaciones con las Confesiones, sobre inscripción de entidades católicas en el Registro de Entidades Religiosas. · BOE-A-2015-14045
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-01-12.
Texto consolidado
En la aplicación del Real Decreto 594/2015, de 3 de julio, a las entidades de la Iglesia Católica se procederá siempre de conformidad con lo establecido en el Acuerdo entre el Estado español y la Santa Sede sobre asuntos jurídicos firmado el 3 de enero de 1979.
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