Resolución de 16 de noviembre de 2011, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por la que se crea y regula el Registro Electrónico de la Comisión Nacional del Mercado de Valores.
BOE-A-2011-19080 · Boletín Oficial del Estado, 2011-12-05 · Comisión Nacional del Mercado de Valores
BOE-A-2011-19080 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Resolución
- Fecha de la disposición
- 2011-11-16
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 292, 2011-12-05
- Entrada en vigor
- 2011-12-06
- Departamento
- Comisión Nacional del Mercado de Valores
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 17
- Identificador BOE
- BOE-A-2011-19080
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El artículo 45 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dispuso que las Administraciones públicas impulsarán el empleo y aplicación de técnicas y medios telemáticos para el desarrollo de su actividad y el ejercicio de sus competencias, posibilitándose de igual forma que los ciudadanos, cuando sea compatible con los medios técnicos disponibles, puedan relacionarse con las Administraciones a través de técnicas y medios electrónicos e informáticos, siempre atendiendo a los requisitos y garantías previstos en cada procedimiento. El artículo 38 de la misma Ley, redactado conforme a lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, habilitó la creación de registros telemáticos que faciliten e impulsen las comunicaciones…
Índice del articulado
- Primero. Objeto y ámbito de aplicación.
- Segundo. Órganos competentes.
- Tercero. Documentos admisibles.
- Cuarto. Presentación de documentación complementaria.
- Quinto. Canales y requisitos de acceso al Registro Electrónico.
- Sexto. Acreditación de la identidad y de la representación.
- Séptimo. Entrega de documentos y cómputo de plazos.
- Octavo. Anotaciones en el Registro Electrónico.
- Noveno. Acuse de recibo.
- Décimo. Gestión y seguridad del Registro.
- Undécimo. Responsabilidad.
- Duodécimo. Información a los interesados.
- Decimotercero. Anotación de otras comunicaciones electrónicas.
- Decimocuarto. Acreditación de la capacidad de la persona jurídica titular de un certificado de persona jurídica para la presentación de documentos electrónicos normalizados reco…
- Disposición transitoria. Documentos electrónicos normalizados.
- Disposición final primera. Modificación de la Resolución de 16 de febrero de 2010, de la Presidencia de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por la que se crea la sede e…
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (6)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se actualiza | el anexo I, por Resolución de 28 de febrero de 2012 |
| Se modifica | el anexo I, por Resolución de 31 de octubre de 2012 |
| Se modifica | el anexo I, por Resolución de 4 de octubre de 2013 |
| Se modifica | el anexo I, por Resolución de 12 de marzo de 2014 |
| Se modifica | el anexo I, por Resolución de 23 de septiembre de 2016 |
| Se modifica | el anexo I, por Resolución de 24 de octubre de 2019 |
Normas a las que afecta (3)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor BOE-A-2011-19080?
- BOE-A-2011-19080 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a BOE-A-2011-19080?
- El BOE registra 6 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de BOE-A-2011-19080?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.