Real Decreto-ley 10/2008, de 12 de diciembre, por el que se adoptan medidas financieras para la mejora de la liquidez de las pequeñas y medianas empresas, y otras medidas económicas complementarias.
BOE-A-2008-20149 · Boletín Oficial del Estado, 2008-12-13 · Jefatura del Estado
Real Decreto-ley 10/2008 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Resumen
Esta norma regula medidas financieras para mejorar la liquidez de las pequeñas y medianas empresas (pymes) en España, en respuesta a la crisis financiera de 2008. Aplica a las pymes solventes y viables que enfrentan restricciones de crédito y entra en vigor desde su publicación el 12 de diciembre de 2008.
Los puntos clave de este Real Decreto-ley incluyen la creación de una nueva línea de mediación del Instituto de Crédito Oficial (ICO), destinada a facilitar la financiación de capital circulante a las pymes, con un crédito máximo de 5.000 millones de euros. Además, se incrementa el límite de endeudamiento del ICO en 15.000 millones de euros para 2009, permitiendo así una mayor capacidad de financiación. También se establece un régimen excepcional para la reducción de capital y disolución de sociedades anónimas y de responsabilidad limitada, que suspende temporalmente el cómputo de pérdidas por deterioro en ciertas circunstancias, facilitando la estabilidad de estas empresas.
Esta norma no está derogada y sigue vigente en sus disposiciones.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto-ley 10/2008
- Fecha de la disposición
- 2008-12-12
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 300, 2008-12-13
- Entrada en vigor
- 2008-12-13
- Departamento
- Jefatura del Estado
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 8
- Identificador BOE
- BOE-A-2008-20149
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
En los últimos meses se ha venido deteriorando profundamente la situación de los mercados financieros internacionales, con el consiguiente impacto negativo sobre la actividad económica real y sobre la confianza de los agentes económicos. Una de las consecuencias más destacables de la crisis financiera es la disminución de la capacidad de las entidades financieras para captar recursos en los mercados de capitales. La incertidumbre sobre los riesgos de crédito y contrapartida ha distorsionado el buen funcionamiento de los mercados, dificultando la captación de recursos por parte de las entidades financieras y, en último término, la financiación a empresas y familias.
Índice del articulado
- Artículo 1. Concesión de crédito.
- Artículo 2. Condiciones financieras del crédito.
- Artículo 3. Límite presupuestario de endeudamiento del Instituto de Crédito Oficial.
- Artículo 4. Crédito extraordinario.
- Disposición adicional única. Cómputo de pérdidas en los supuestos de reducción obligatoria de capital social en la sociedad anónima y de disolución en las sociedades anónimas y …
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación del Código de Comercio.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (6)
Normas a las que afecta (3)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto-ley 10/2008?
- Real Decreto-ley 10/2008 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto-ley 10/2008?
- El BOE registra 6 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto-ley 10/2008?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.