El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto-ley Vigente

Disposición final primera. Modificación del Código de Comercio.

Disposición final primera del Real Decreto-ley 10/2008, de 12 de diciembre, por el que se adoptan medidas financieras para la mejora de la liquidez de las pequeñas y medianas empresas, y otras medidas económicas complementarias. · BOE-A-2008-20149

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-12-13.

Texto consolidado

Se modifica el artículo 36, apartado 1, letra c) del Código de Comercio, que queda redactado como sigue:

«Patrimonio neto: constituye la parte residual de los activos de la empresa, una vez deducidos todos sus pasivos. Incluye las aportaciones realizadas, ya sea en el momento de su constitución o en otros posteriores, por sus socios o propietarios, que no tengan la consideración de pasivos, así como los resultados acumulados u otras variaciones que le afecten.

A los efectos de la distribución de beneficios, de la reducción obligatoria de capital social y de la disolución obligatoria por pérdidas de acuerdo con lo dispuesto en la regulación legal de las sociedades anónimas y sociedades de responsabilidad limitada, se considerará patrimonio neto el importe que se califique como tal conforme a los criterios para confeccionar las cuentas anuales, incrementado en el importe del capital social suscrito no exigido, así como en el importe del nominal y de las primas de emisión o asunción del capital social suscrito que esté registrado contablemente como pasivo. También a los citados efectos, los ajustes por cambios de valor originados en operaciones de cobertura de flujos de efectivo pendientes de imputar a la cuenta de pérdidas y ganancias no se considerarán patrimonio neto.»

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-12-13.

Más artículos de Real Decreto-ley 10/2008

En El Vínculo puedes leer Real Decreto-ley 10/2008 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.