Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias ICG 01 a 11.
BOE-A-2006-15345 · Boletín Oficial del Estado, 2006-09-04 · Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Real Decreto 919/2006 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Resumen
Esta norma regula el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos en España, estableciendo las condiciones y garantías que deben cumplir las instalaciones y aparatos de gas para asegurar la seguridad de las personas y bienes. Aplica a todas las instalaciones de distribución y uso de combustibles gaseosos, así como a las empresas e instaladores que operan en este ámbito, desde su entrada en vigor en enero de 2007.
Entre los puntos clave, se establece que todas las instalaciones deben ser diseñadas y ejecutadas por empresas instaladoras habilitadas, quienes deben elaborar una documentación técnica y comunicar la puesta en servicio a la Administración. Además, se exige un mantenimiento adecuado y controles periódicos de las instalaciones para garantizar su seguridad. También se permite la equivalencia de productos y materiales de otros Estados miembros de la UE, siempre que cumplan con los niveles de seguridad exigidos. Por último, se establece un régimen de infracciones y sanciones para el incumplimiento de estas disposiciones. La norma no está derogada y sigue vigente.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 919/2006
- Fecha de la disposición
- 2006-07-28
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 211, 2006-09-04
- Entrada en vigor
- 2007-03-04
- Departamento
- Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 27
- Identificador BOE
- BOE-A-2006-15345
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Las instalaciones que posibilitan la distribución de los gases combustibles desde las redes de transporte, en el caso de los canalizados, o desde los centros de producción o almacenamiento, en los demás casos, hasta los locales y equipos o aparatos de consumo, se encuentran sometidas a un conjunto reglamentario disperso en el tiempo, en la forma y en la técnica.
La Constitución Española, así como el Acta de Adhesión a la Comunidad Económica Europea (hoy Unión Europea) establecieron los dos grandes marcos legales básicos que sustentan el posterior desarrollo normativo en nuestro país, dentro del cual, como no podría ser de otra forma, se encuentra la actividad económica y, en particular, la reglamentación relativa a la seguridad de instalaciones y productos.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Disposición adicional única. Guía técnica.
- Disposición adicional primera. Guía técnica.
- Disposición adicional segunda. Cobertura de seguro u otra garantía equivalente suscrito en otro Estado.
- Disposición adicional tercera. Aceptación de documentos de otros Estados miembros a efectos de acreditación del cumplimiento de requisitos.
- Disposición adicional cuarta. Modelo de declaración responsable.
- Disposición adicional quinta. Obligaciones en materia de información y de reclamaciones.
- Disposición transitoria primera. Convalidación de carnés anteriores.
- Disposición transitoria segunda. Instalaciones pendientes de ejecución en la fecha de entrada en vigor del reglamento.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Actualización técnica.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Campo de aplicación.
- Artículo 3. Definiciones.
- Artículo 4. Materiales, equipos y aparatos de gas.
- Artículo 5. Puesta en servicio de instalaciones.
- Artículo 6. Información a los usuarios.
- Artículo 7. Mantenimiento de instalaciones y aparatos. Controles periódicos.
- Artículo 8. Habilitación para operar en instalaciones y aparatos de gas.
- Artículo 9. Cumplimiento de las prescripciones.
- Artículo 10. Excepciones.
- Artículo 11. Reconocimiento mutuo.
- Artículo 12. Normas.
- Artículo 13. Infracciones y sanciones.
- Artículo 14. Accidentes.
Normas que la modifican o afectan (11)
Normas a las que afecta (14)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 919/2006?
- Real Decreto 919/2006 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 919/2006?
- El BOE registra 11 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 919/2006?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.