Real Decreto 903/2017, de 13 de octubre, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital.
BOE-A-2017-11751 · Boletín Oficial del Estado, 2017-10-14 · Ministerio de Hacienda y Función Pública
Real Decreto 903/2017 está derogada desde el 2018-08-04: ya no está en vigor.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 903/2017
- Fecha de la disposición
- 2017-10-13
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 248, 2017-10-14
- Entrada en vigor
- 2017-10-14
- Departamento
- Ministerio de Hacienda y Función Pública
- Estado
- Derogada
- Fecha de derogación
- 2018-08-04
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 34
- Identificador BOE
- BOE-A-2017-11751
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Mediante el Real Decreto 415/2016, de 3 de noviembre, se ha determinado una nueva estructura de los Departamentos ministeriales, estableciéndose, en su artículo 10, que corresponde al Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de energía, turismo, telecomunicaciones y sociedad de la información, así como el desarrollo de la Agenda Digital. Posteriormente, mediante el Real Decreto 424/2016, de 11 de noviembre, se ha establecido la estructura organizativa básica de los nuevos Departamentos ministeriales, hasta el nivel orgánico de dirección general, desarrollándose la estructura del Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital en los órganos superiores y directivos que se indican en su artículo 9.
Índice del articulado
- Artículo 1. Organización general del Departamento.
- Artículo 2. Adscripción y tutela de entidades del sector público institucional.
- Artículo 3. Secretaría de Estado de Energía.
- Artículo 4. Dirección General de Política Energética y Minas.
- Artículo 5. Secretaría de Estado para la Sociedad de la Información y la Agenda Digital.
- Artículo 6. Dirección General de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información.
- Artículo 7. Secretaría de Estado de Turismo.
- Artículo 8. Subsecretaría de Energía, Turismo y Agenda Digital.
- Artículo 9. Secretaría General Técnica.
- Disposición adicional primera. Supresión de órganos.
- Disposición adicional segunda. Integración de personal y medios de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia y ejercicio efectivo de funciones, en materia de telecom…
- Disposición adicional tercera. Integración de personal y medios de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, y ejercicio efectivo de funciones, en materia de energía.
- Disposición adicional cuarta. Desconcentración.
- Disposición adicional quinta. Delegación de competencias.
- Disposición adicional sexta. Suplencia de los titulares de los órganos directivos.
- Disposición adicional séptima. Supresión de divisiones.
- Disposición adicional octava. Corporación de Reservas Estratégicas de Productos Petrolíferos (CORES).
- Disposición adicional novena. Consolidación unidades TIC.
- Disposición transitoria primera. Unidades y puestos de trabajo con nivel orgánico inferior a subdirección general.
- Disposición transitoria segunda. Órganos colegiados de contratación.
- Disposición transitoria tercera. Desempeño transitorio de funciones por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia en materia de telecomunicaciones.
- Disposición transitoria cuarta. Desempeño transitorio de funciones por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia en materia de energía.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 1270/1997, de 24 de julio, por el que se regula la Oficina Española de Patentes y Marcas.
- Disposición final segunda. Modificación del Estatuto del Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras, aprobado p…
- Disposición final tercera. Modificación del Estatuto de la entidad pública empresarial Red.es, aprobado por Real Decreto 164/2002, de 8 de febrero.
- Disposición final cuarta. Modificación del Estatuto del Instituto de Turismo de España, aprobado por Real Decreto 425/2013, de 14 de junio.
- Disposición final quinta. Modificación del Estatuto del Instituto para la Diversificación y Ahorro de Energía (IDAE), aprobado por Real Decreto 18/2014, de 17 de enero.
- Disposición final sexta. Modificación del Real Decreto 937/2010, de 23 de julio, por el que se regula el Fondo Financiero del Estado para la Modernización de las Infraestructura…
- Disposición final séptima. Adecuación de la denominación del Fondo Nacional de Eficiencia Energética.
- Disposición final octava. No incremento del gasto público.
- Disposición final novena. Desarrollo y ejecución.
- Disposición final décima. Modificaciones presupuestarias.
- Disposición final undécima. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (3)
Normas a las que afecta (8)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 903/2017?
- Real Decreto 903/2017 está derogada desde el 2018-08-04: ya no está en vigor.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 903/2017?
- El BOE registra 3 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 903/2017?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.