Disposición final tercera. Modificación del Estatuto de la entidad pública empresarial Red.es, aprobado por Real Decreto 164/2002, de 8 de febrero.
Disposición final tercera del Real Decreto 903/2017, de 13 de octubre, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital. · BOE-A-2017-11751
Atención: Real Decreto 903/2017 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Se modifica el artículo 1 del Estatuto de la entidad pública empresarial Red.es, aprobado por Real Decreto 164/2002, de 8 de febrero, que queda redactado como sigue:
«Artículo 1. Naturaleza, adscripción y denominación.
1. Red.es se configura como una entidad pública empresarial de las previstas en el artículo 103 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, conforme a lo establecido en la disposición adicional decimosexta de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones.
2. La entidad pública empresarial Red.es goza de personalidad jurídica propia, plena capacidad jurídica y de obrar y autonomía de gestión para el cumplimiento de sus fines.
3. La entidad pública empresarial Red.es se encuentra adscrita al Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital a través de la Secretaría de Estado para la Sociedad de la Información y la Agenda Digital, a la que corresponde su dirección estratégica y la evaluación y el control de eficacia de sus actuaciones, en los términos previstos en los artículos 85 y 103.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
4. Su denominación es ‘‘Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P.’’»
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