Real Decreto 890/2006, de 21 de julio, por el que se regula el régimen temporal para la reestructuración del sector del azúcar.
BOE-A-2006-13273 · Boletín Oficial del Estado, 2006-07-22 · Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Real Decreto 890/2006 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 890/2006
- Fecha de la disposición
- 2006-07-21
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 174, 2006-07-22
- Entrada en vigor
- 2006-07-23
- Departamento
- Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 17
- Identificador BOE
- BOE-A-2006-13273
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El Reglamento (CE) n.º 320/2006 del Consejo, de 20 de febrero de 2006, por el que se establece un régimen temporal para la reestructuración del sector del azúcar en la Comunidad y se modifica el Reglamento (CE) n.º 1290/2005 sobre la financiación de la política agrícola común, determina la creación de un fondo de reestructuración de carácter temporal y las condiciones en que debe instrumentarse este fondo para financiar medidas de reestructuración del sector azucarero.
Este real decreto tiene por objeto instrumentar el sistema de pago de las cotizaciones que tienen que realizar las empresas que tengan asignada una cuota de producción de azúcar y/o de isoglucosa. El importe temporal de reestructuración se abonará por campaña de comercialización y tonelada de cuota que tengan asignada.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Ayuda a la reestructuración.
- Artículo 3. Solicitudes de ayuda a la reestructuración.
- Artículo 4. Tramitación de la solicitud.
- Artículo 5. Coordinación.
- Artículo 6. Aprobación de los planes de reestructuración.
- Artículo 7. Cuantía de la ayuda a la reestructuración.
- Artículo 8. Pagos de las ayudas a la reestructuración.
- Artículo 9. Ayuda a la diversificación.
- Artículo 10. Régimen aplicable a los controles sobre las ayudas.
- Artículo 11. Actuaciones de control.
- Artículo 12. Cotizaciones de las empresas al fondo temporal de reestructuración.
- Artículo 13. Deber de colaboración y comunicación.
- Disposición transitoria única. Inaplicación del artículo 2 del Reglamento (CE) n.º 968/2006 de la Comisión, de 27 de junio, que establece las normas de aplicación para un plan t…
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Facultad de desarrollo y aplicación.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (3)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se modifica | los arts. 7.2 y 9.2 y 3 , por Real Decreto 397/2007, de 23 de |
| Se modifica | el art. 3.2, por Orden APA/3820/2007, de 21 de diciembre |
| Se modifica | el art. 9, por Real Decreto 1612/2008, de 3 de octubre |
Normas a las que afecta (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Reglamento (CE) 320/2006, de 20 de febrero |
| De conformidad con | Reglamento (CE) 968/2006, de 27 de junio |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 890/2006?
- Real Decreto 890/2006 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 890/2006?
- El BOE registra 3 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 890/2006?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.