Real Decreto 782/2001, de 6 de julio, por el que se regula la relación laboral de carácter especial de los penados que realicen actividades laborales en talleres penitenciarios y la protección de Seguridad Social de los sometidos a penas de trabajo en beneficio de la comunidad.
BOE-A-2001-13171 · Boletín Oficial del Estado, 2001-07-07 · Ministerio de la Presidencia
Real Decreto 782/2001 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 782/2001
- Fecha de la disposición
- 2001-07-06
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 162, 2001-07-07
- Entrada en vigor
- 2001-07-08
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 26
- Identificador BOE
- BOE-A-2001-13171
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social, en su artículo 21, encomienda al Gobierno la regulación de dos aspectos diferenciados en relación con los penados: por un lado, le habilita para articular la relación laboral de carácter especial de los penados que realicen actividades laborales en talleres penitenciarios, contemplando, además, un marco de protección de Seguridad Social de este colectivo acorde con sus especiales características. Y así mismo, determina que a las cotizaciones a la Seguridad Social que hayan de efectuarse por las contingencias cuya cobertura se establezca, se les aplicarán las bonificaciones generales que se otorguen a favor de los trabajadores con especiales dificultades de inserción laboral o las que específicamente se fijen para este colectivo. Por otro lado, le habilita para regular la protección de Seguridad…
Índice del articulado
- Artículo 1. Ámbito de aplicación y exclusiones.
- Artículo 2. Sujetos de la relación laboral.
- Artículo 3. Acceso a los puestos de trabajo.
- Artículo 4. Objeto y finalidad de la relación laboral.
- Artículo 5. Derechos laborales.
- Artículo 6. Deberes laborales.
- Artículo 7. Inicio y duración de la relación laboral.
- Artículo 8. Promoción en el trabajo.
- Artículo 9. Suspensión de la relación laboral.
- Artículo 10. Extinción de la relación laboral.
- Artículo 11. Organización y dirección del trabajo.
- Artículo 12. Control de la actividad laboral.
- Artículo 13. Participación.
- Artículo 14. Movilidad.
- Artículo 15. Régimen retributivo.
- Artículo 16. Pago de las retribuciones.
- Artículo 17. Tiempo de trabajo.
- Artículo 18. Permisos e interrupciones.
- Artículo 19. Acción protectora de la Seguridad Social.
- Artículo 20. Afiliación, altas, bajas y cotización.
- Artículo 21. Obligación de cotizar.
- Artículo 22. Protección de la Seguridad Social.
- Artículo 23. Relaciones jurídicas de Seguridad Social.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Desarrollo normativo.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se modifica | los arts. 22 y 23, por Real Decreto 2131/2008, de 26 de diciembre |
Normas a las que afecta (4)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 782/2001?
- Real Decreto 782/2001 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 782/2001?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 782/2001?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.