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Real Decreto 726/2020, de 4 de agosto, por el que se modifica el Reglamento de Armas, aprobado por el Real Decreto 137/1993, de 29 de enero.

BOE-A-2020-9134 · Boletín Oficial del Estado, 2020-08-05 · Ministerio del Interior

Real Decreto 726/2020 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.

Resumen

Esta norma regula la modificación del Reglamento de Armas en España, estableciendo nuevas disposiciones para la producción, tenencia y uso de armas y explosivos. Aplica a todos los ciudadanos, empresas de seguridad y armeros desde su entrada en vigor, que será tres meses después de su publicación en el BOE.

Entre los puntos clave, se destaca la regulación de armas acústicas y de salvas, así como la mejora en la inutilización de armas para evitar su reactivación. Se amplían las categorías de armas prohibidas y se establecen requisitos más estrictos para el almacenamiento seguro de armas y municiones. Además, se exige un marcado claro y permanente de las armas para asegurar su trazabilidad, y se introduce un sistema de comunicación electrónica para que armeros y corredores informen sobre sus transacciones. También se establece que las licencias de armas tendrán una validez de cinco años, con la obligación de renovar y demostrar la aptitud psicofísica del titular.

No se deroga ninguna norma anterior de forma explícita, pero se establecen nuevas disposiciones que sustituyen a las anteriores en caso de conflicto.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Real Decreto 726/2020
Fecha de la disposición
2020-08-04
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 211, 2020-08-05
Entrada en vigor
2020-11-05
Departamento
Ministerio del Interior
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2025-12-20
Artículos
18
Identificador BOE
BOE-A-2020-9134
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

Al amparo del artículo 149.1.26.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de régimen de producción, comercio, tenencia y uso de armas y explosivos, el artículo 28 de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de Protección de la Seguridad Ciudadana, otorga al Gobierno la regulación de los requisitos y condiciones de fabricación, reparación, circulación, almacenamiento, comercio, adquisición, enajenación, tenencia y utilización de armas, sus imitaciones, réplicas, piezas fundamentales y cartuchería, así como la adopción de las medidas de control necesarias para el cumplimiento de tales requisitos y condiciones. Asimismo, su artículo 29 establece que el Gobierno regulará las medidas de control necesarias sobre las aludidas materias.

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas que la modifican o afectan (2)

Normas a las que afecta (8)

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Real Decreto 726/2020?
Real Decreto 726/2020 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 726/2020?
El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 726/2020?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.