Real Decreto 546/2003, de 9 de mayo, por el que se establecen disposiciones específicas de lucha contra la peste porcina africana.
BOE-A-2003-10388 · Boletín Oficial del Estado, 2003-05-23 · Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Real Decreto 546/2003 está derogada desde el 2023-03-12: ya no está en vigor.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 546/2003
- Fecha de la disposición
- 2003-05-09
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 123, 2003-05-23
- Entrada en vigor
- 2003-07-01
- Departamento
- Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
- Estado
- Derogada
- Fecha de derogación
- 2023-03-12
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 29
- Identificador BOE
- BOE-A-2003-10388
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Las medidas de lucha contra la peste porcina africana están contenidas en el Real Decreto 791/1979, de 20 de febrero, por el que se regula la lucha contra la peste porcina africana y otras enfermedades del ganado porcino, el Real Decreto 425/1985, de 20 de marzo, por el que se establece el Programa coordinado para la erradicación de la peste porcina africana, y en el Real Decreto 983/1987, de 24 de julio, por el que se establecen normas complementarias al Programa coordinado para la erradicación de la peste porcina africana.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Notificación de la peste porcina africana.
- Artículo 4. Medidas en caso de sospecha de peste porcina africana en una explotación.
- Artículo 5. Medidas en caso de confirmación de peste porcina africana en una explotación.
- Artículo 6. Medidas en caso de confirmación de peste porcina africana en explotaciones integradas por varias unidades de producción.
- Artículo 7. Medidas en explotaciones de contacto.
- Artículo 8. Encuesta epidemiológica.
- Artículo 9. Establecimiento de zonas de protección y vigilancia.
- Artículo 10. Medidas en la zona de protección establecida.
- Artículo 11. Medidas en la zona de vigilancia establecida.
- Artículo 12. Limpieza, desinfección y desinsectación.
- Artículo 13. Repoblación de explotaciones de porcino tras registrarse brotes de la enfermedad.
- Artículo 14. Medidas en caso de sospecha o confirmación de peste porcina africana en cerdos que se encuentren en un matadero o medio de transporte.
- Artículo 15. Medidas en caso de sospecha o confirmación de la presencia de peste porcina africana en jabalís.
- Artículo 16. Planes para la erradicación de la peste porcina africana de una población de jabalís.
- Artículo 17. Medidas para prevenir la propagación del virus de la peste porcina africana a través de vectores.
- Artículo 18. Procedimientos de diagnóstico y requisitos de bioseguridad.
- Artículo 19. Uso, fabricación y venta de vacunas contra la peste porcina africana.
- Artículo 20. Controles comunitarios.
- Artículo 21. Plan de urgencia.
- Artículo 22. Centros de lucha contra la enfermedad y grupos de expertos.
- Artículo 23. Infracciones y sanciones.
- Disposición adicional única. Indemnización por sacrificio obligatorio.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Modificación del Real Decreto 650/1994, de 15 de abril.
- Disposición final tercera. Facultad de desarrollo.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (2)
Normas a las que afecta (6)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 546/2003?
- Real Decreto 546/2003 está derogada desde el 2023-03-12: ya no está en vigor.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 546/2003?
- El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 546/2003?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.