Real Decreto 525/2002, de 14 de junio, sobre el control de cumplimiento del Acuerdo comunitario relativo a la ordenación del tiempo de trabajo de la gente de mar.
BOE-A-2002-12505 · Boletín Oficial del Estado, 2002-06-26 · Ministerio de Fomento
Real Decreto 525/2002 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 525/2002
- Fecha de la disposición
- 2002-06-14
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 152, 2002-06-26
- Entrada en vigor
- 2002-06-30
- Departamento
- Ministerio de Fomento
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 14
- Identificador BOE
- BOE-A-2002-12505
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo aprobó en 1996 el Convenio 180, relativo a las horas de trabajo a bordo y la dotación de los buques, así como el Protocolo de 1996 relativo al Convenio 147 de la Organización Internacional del Trabajo, sobre la marina mercante (normas mínimas), este último con el objeto de incorporar precisamente el Convenio 180, entre otros, al anexo del Convenio 147. Ambos instrumentos están aún pendientes de conseguir las ratificaciones necesarias para su entrada en vigor.
En 1998, la Asociación de Armadores de la Comunidad Europea y la Federación de Sindicatos del Transporte de la Unión Europea suscribieron el Acuerdo sobre la ordenación del tiempo de trabajo de la gente de mar, cuyas cláusulas recogen básicamente las disposiciones de los artículos 1 a 13 del Convenio 180 de la Organización Internacional del Trabajo.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Preparación y envío de informes.
- Artículo 4. Inspección e inspección más detallada.
- Artículo 5. Rectificación de deficiencias.
- Artículo 6. Medidas ulteriores.
- Artículo 7. Recursos.
- Artículo 8. Cooperación administrativa.
- Disposición adicional única. Actuaciones de comprobación.
- Disposición transitoria única. Aplicación a buques extracomunitarios.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Habilitación normativa.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se dicta en relación | Real Decreto 1696/2007, de 14 de diciembre, por el que se regulan los reconocimientos médicos de embarque marítimo. |
Normas a las que afecta (3)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Cita | Real Decreto 768/1999, de 7 de mayo |
| De conformidad con | Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante. |
| Transpone | la Directiva 99/95/CE, de 13 de diciembre |
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 525/2002?
- Real Decreto 525/2002 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 525/2002?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 525/2002?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.