Real Decreto 504/2011, de 8 de abril, de estructura orgánica y funciones del Instituto Social de la Marina.
BOE-A-2011-8282 · Boletín Oficial del Estado, 2011-05-12 · Ministerio de Política Territorial y Administración Pública
Real Decreto 504/2011 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Resumen
El Real Decreto 504/2011 regula la estructura orgánica y las funciones del Instituto Social de la Marina, que es un organismo público encargado de la gestión del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar. Esta norma es aplicable desde su publicación el 9 de abril de 2011 y se dirige a todos los trabajadores del sector marítimo-pesquero y a las entidades relacionadas con esta actividad.
Entre los puntos clave, el decreto establece que el Instituto tiene la responsabilidad de gestionar las prestaciones del Régimen Especial de la Seguridad Social, incluyendo la asistencia sanitaria y la formación profesional de los trabajadores del mar. También se reorganiza su estructura, suprimiendo la Secretaría General y los consejos provinciales, y se homogeneizan las oficinas locales, que pasan a ser direcciones locales. Además, se crean comisiones ejecutivas provinciales para supervisar la gestión en cada ámbito territorial. Por último, se derogan las normas anteriores que regulaban la entidad, consolidando así su regulación en un único texto.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 504/2011
- Fecha de la disposición
- 2011-04-08
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 113, 2011-05-12
- Entrada en vigor
- 2011-05-13
- Departamento
- Ministerio de Política Territorial y Administración Pública
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 23
- Identificador BOE
- BOE-A-2011-8282
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El Instituto Social de la Marina, como entidad de derecho público con personalidad jurídica propia, de ámbito nacional, que actúa bajo la dirección y tutela del Ministerio de Trabajo e Inmigración, está adscrito a la Secretaria de Estado de la Seguridad Social y tiene una doble dimensión de competencias: como organismo encargado de la atención social del sector marítimo-pesquero y como entidad gestora del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.
Índice del articulado
- Artículo 1. Naturaleza y atribuciones.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Competencias y funciones del Instituto Social de la Marina.
- Artículo 4. Órganos directivos centrales.
- Artículo 5. El Consejo General.
- Artículo 6. La Comisión ejecutiva del Consejo General.
- Artículo 7. La Dirección.
- Artículo 8. La Subdirección General de Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.
- Artículo 9. La Subdirección General de Acción Social Marítima
- Artículo 10. La División de Administración y Análisis Presupuestario.
- Artículo 11. Órganos periféricos.
- Artículo 12. Las comisiones ejecutivas provinciales.
- Artículo 13. Las direcciones provinciales.
- Artículo 14. Las direcciones locales.
- Artículo 15. Servicios periféricos del Instituto Social de la Marina en el exterior.
- Disposición adicional primera. Supresión de órganos y unidades.
- Disposición adicional segunda. No incremento de gasto público.
- Disposición adicional tercera. Modificación de la Orden TIN/349/2009, de 12 de febrero, por la que se crea la Comisión Calificadora de Documentos Administrativos del Instituto S…
- Disposición transitoria única. Subsistencia de unidades y puestos de trabajo con nivel orgánico inferior a subdirección general.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Referencias a los órganos suprimidos.
- Disposición final segunda. Facultades de desarrollo y ejecución.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (5)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se dicta de conformidad | sobre delegación de competencias: Resolución de 19 de noviembre de 2013 |
| Se dicta de conformidad | con el art. 11.2, y establece el ámbito competencial de sus direcciónes provinciales: Resolución de 7 de marzo de 2017 |
| Corrección de errores | en BOE núm. 132, de 3 de junio de 2011 |
| Se modifica | los arts. 7.2 y 4, 9 y 10, por Real Decreto 450/2012, de 5 de marzo |
| Se modifica | los arts. 7.2 y 13.3, por Real Decreto 1152/2021, de 28 de diciembre |
Normas a las que afecta (6)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 504/2011?
- Real Decreto 504/2011 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 504/2011?
- El BOE registra 5 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 504/2011?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.