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Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

BOE-A-2021-10824 · Boletín Oficial del Estado, 2021-06-30 · Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

Real Decreto 477/2021 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.

Resumen

Esta norma regula la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para fomentar el autoconsumo y almacenamiento de energía renovable, así como la implementación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Se aplica a partir de su publicación en el BOE el 30 de junio de 2021.

Los puntos clave incluyen: 1) Se establecen seis programas de incentivos que abarcan desde instalaciones de autoconsumo en diversos sectores hasta la incorporación de almacenamiento en instalaciones existentes. 2) Las comunidades autónomas y ciudades beneficiarias deben destinar las ayudas a los destinatarios finales, que incluyen tanto personas físicas como jurídicas, y realizar convocatorias en un plazo máximo de tres meses. 3) Se requiere que las solicitudes se presenten electrónicamente y se atenderán por orden de llegada hasta agotar el presupuesto asignado. 4) Las ayudas son incompatibles con otras subvenciones para la misma finalidad y deberán ser justificadas adecuadamente.

No está derogada ni anulada.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Real Decreto 477/2021
Fecha de la disposición
2021-06-29
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 155, 2021-06-30
Entrada en vigor
2021-07-01
Departamento
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2025-12-20
Artículos
23
Identificador BOE
BOE-A-2021-10824
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

I

La pandemia provocada por la COVID-19 ha supuesto una crisis económica, social y sanitaria. La magnitud del desafío ha exigido una respuesta común a escala europea. Para dar respuesta a medio plazo, se ha puesto en marcha un ambicioso Fondo de Recuperación y Resiliencia para contribuir al proceso de reconstrucción de las economías europeas en el mundo posterior a la pandemia y la crisis económica causadas por la COVID-19.

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas que la modifican o afectan (5)

Normas a las que afecta (3)

Normativa relacionada por sector

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Real Decreto 477/2021?
Real Decreto 477/2021 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 477/2021?
El BOE registra 5 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 477/2021?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.