Real Decreto 465/2003, de 25 de abril, sobre las sustancias indeseables en la alimentación animal.
BOE-A-2003-8717 · Boletín Oficial del Estado, 2003-04-29 · Ministerio de la Presidencia
Real Decreto 465/2003 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 465/2003
- Fecha de la disposición
- 2003-04-25
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 102, 2003-04-29
- Entrada en vigor
- 2003-08-01
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 16
- Identificador BOE
- BOE-A-2003-8717
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El Real Decreto 747/2001, de 29 de junio, por el que se establecen las sustancias y productos indeseables en la alimentación animal, se elaboró con el fin de incorporar a nuestro ordenamiento jurídico la Directiva 1999/29/CE, del Consejo, de 22 de abril de 1999, relativa a las sustancias y productos indeseables en la alimentación animal, norma que modificaba varias anteriores y actualizaba la normativa con respecto a las sustancias enumeradas en sus anexos.
Los anexos del Real Decreto 747/2001, han sido modificados por la Orden PRE/1490/2002, de 13 de junio, que traspone la Directiva 2001/102/CE, del Consejo, de 27 de noviembre de 2001, por la que se modifica la Directiva 1999/29/CE, antes citada. Dicha modificación viene referida a los niveles máximos de dioxinas en alimentos para animales.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Requisitos de la circulación de productos destinados a la alimentación animal.
- Artículo 4. Obligaciones relativas a las sustancias indeseables.
- Artículo 5. Prohibición de mezclas con fines de dilución.
- Artículo 6. Contenido en sustancias indeseables de los piensos complementarios.
- Artículo 7. Medidas excepcionales.
- Artículo 8. Actuaciones en el caso de modificaciones del anexo.
- Artículo 9. Responsabilidad de los explotadores de empresas de piensos.
- Artículo 10. Aplicación de la norma a los alimentos destinados al comercio exterior.
- Artículo 11. Régimen sancionador.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Habilitación competencial.
- Disposición final segunda. Facultad de desarrollo.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- ANEXO
Normas que la modifican o afectan (10)
Normas a las que afecta (3)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Cita | Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal. |
| Transpone | la Directiva 2002/32/CE, de 7 de mayo |
| Deroga | el Real Decreto 747/2001, de 29 de junio |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 465/2003?
- Real Decreto 465/2003 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 465/2003?
- El BOE registra 10 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 465/2003?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.