Artículo 6. Contenido en sustancias indeseables de los piensos complementarios.
Artículo 6 del Real Decreto 465/2003, de 25 de abril, sobre las sustancias indeseables en la alimentación animal. · BOE-A-2003-8717
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-08-01.
Texto consolidado
Los piensos complementarios, en la medida en que no existen disposiciones específicas que les sean aplicables, no pueden presentar, habida cuenta de la proporción que de ellos se prescribe para una ración diaria, sustancias indeseables, de las enumeradas en el anexo, en contenidos superiores a los fijados para los piensos completos.